Artículo 9
ARTICULO 9. COEFICIENTE DE CONSTRUCTIBILIDAD Y COEFICIENTE DE OCUPACIÓN DEL SUELO. Para la aplicación de la presente Ordenanza se entenderá por coeficiente de constructibilidad y por coeficiente de ocupación del suelo a lo definido en el Artículo 1.1.2., de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y por superficie construida lo que se establece en el Artículo 5.1.11. de la misma Ordenanza General. En los casos señalados en el Artículo 18 de la presente Ordenanza la aplicación del coeficiente de constructibilidad y de las densidades netas máximas, se realizará en relación con el tamaño del predio a edificar de acuerdo a lo especificado en las siguientes tablas: VER TABLA EN DIARIO OFICIAL DE 24.07.2002, PÁGINAS 6 Y 7. En los predios localizados en las zonas V1, V2, EX-H2, EX-H3, cuya superficie sea igual o superior a una hectárea, las edificaciones que se levanten en ellos no podrán sobrepasar las siguientes densidades netas máximas: 500 habitantes por hectárea y 100 viviendas por hectárea.
TABLA 3
| Tamaño Predial | Coeficiente Máximo de constructibilidad Zona AV-2 |
|---|---|
| Hasta los primeros 5.000 m2 | 0,15 |
| Sobre 5.000 hasta 20.000 m2 | Disminución progresiva del coeficiente en 0,003 puntos por cada 1.000 m2 adicionales de terreno. |
| Sobre el tramo de 20.000 m2 | 0,105 |
TABLA 4
| Tamaño Predial | Coeficiente Máximo de constructibilidad Zona AV-2 |
|---|---|
| Hasta los primeros 5.000 m2 | 50 Hab/Há y 10 Viv/Há |
| Sobre 5.000 hasta 20.000 m2 | Aumento progresivo de la densidad neta en 50 Hab/Há. y 10 Viv/Há. por cada 5.000 m2 adicionales |
TABLA 5
| Tamaño Predial | Coeficiente Máximo de constructibilidad Zona AV-2 |
|---|---|
| Hasta los primeros 5.000 m2 | 0,10 |
| Sobre 5.000 hasta 20.000 m2 | 0,08 |
| Sobre el tramo de 20.000 m2 | 0,07 |
Texto transcrito del documento oficial. Ver el documento oficial (PDF).