Artículo 3
ARTICULO 3. Todas aquellas materias atinentes al desarrollo urbano que no se encuentren reglamentadas por las disposiciones que se establecen en la presente Ordenanza, se regirán por la Ley General de Urbanismo y Construcciones, D.F.L. N° 458 (V. y U.) de 1976; la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones D.S. N° 47 (V. y U.) del 1992 y D.S. N°75 (V. y U.) del 2001; por el Plan Intercomunal de Valparaíso D.S. N° 30 (M.O.P.) de 1965 y demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes, incluyendo aquellas que dan origen a áreas de restricción y las normas referidas a obras de edificación, infraestructura sanitaria y vial, aeropuertos, cursos de agua, ambiente natural u otros aspectos relacionados con la urbanización del territorio comunal.
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