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Ordenanza

Artículo 2

ARTICULO 2. El territorio en que se aplicará el Plan Regulador de la Comuna de Villa Alemana es el área inscrita en las poligonales cerradas determinadas en la siguiente forma: A. Area Urbana de la ciudad de Villa Alemana: puntos 01 - 02 - 03 - 04 - 05 - 06 - 07 - 08- 09 - 10 - 11 - 12 - 13 - 14 - 15 - 16 - 17 - 18 - 19 - 20 - 21 - 22 - 23 - 24 - 25

  • 26 - 27 - 28- 29 - 30 - 31 - 32 - 33 - 34 - 35 - 36 - 37 - 38 - 39 - 40 - 41 - 42
  • 01; B. Area Urbana de los siguientes Núcleos Urbanos: Quebrada Escobar - El Patagual, puntos 43 - 44 - 45 - 46 - 47 - 48 - 49 - 50 - 51 - 52 - 53 - 54 - 55 - 56 - 57 - 58 - 43 y Lo Hidalgo, puntos 59 - 60 - 61 - 62 - 63 - 64 - 65 - 66

    La descripción de los puntos y tramos de las Logo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema «140 años».

140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile poligonales indicadas aparece consignada en el Artículo 6 de la presente Ordenanza, correspondiendo con lo graficado en el Plano PR-VA 01.

Texto transcrito del documento oficial. Ver el documento oficial (PDF).

Ordenanza publicada por la Villa Alemana · Región de Valparaíso

Urbium publica y facilita la consulta de este instrumento de planificación, pero el documento oficial y vinculante es el decretado y publicado por la municipalidad en el Diario Oficial. Ante cualquier discrepancia, prima el instrumento oficial.