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Ordenanza

Artículo 13

ARTICULO 13. OCHAVOS. Como complemento de lo determinado en el Artículo 2.5.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones respecto de los ochavos que deberán formar los muros de fachada o cierros ubicados en la línea oficial en las esquinas de calles y pasajes, se establece que dichos ochavos se exigirán en todas las esquinas formadas por las vías públicas, tanto de carácter vehicular como peatonal, siendo su longitud de 4 metros en todos los casos. No será permitido construir accesos vehiculares en los ochavos.

Texto transcrito del documento oficial. Ver el documento oficial (PDF).

Ordenanza publicada por la Villa Alemana · Región de Valparaíso

Urbium publica y facilita la consulta de este instrumento de planificación, pero el documento oficial y vinculante es el decretado y publicado por la municipalidad en el Diario Oficial. Ante cualquier discrepancia, prima el instrumento oficial.