Artículo 7
ARTICULO 7 DEFINICIONES DE TERMINOS Los siguientes términos tienen en esta Ordenanza, el significado que se expresa:
Vías Estructurantes: Corresponde a las vías urbanas: expresas, troncales y colectoras, definidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Intersecciones Viales Jerárquicas : Cruce de dos o más vías urbanas: expresas, troncales y/o colectoras.
Mansarda: Corresponde a la habilitación de la techumbre, considerándose como un piso más para efectos de esta Ordenanza y todas las demás disposiciones de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Piso Zócalo: Base habitable de un edificio entre 1.5 m bajo y 1.5 m sobre el nivel del suelo natural. Para efectos de la presente Ordenanza y de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones se considera el piso Zócalo como un piso más.
2. NORMAS GENERALES SOBRE LOTEOS Y URBANIZACIONES
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