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Ordenanza

Artículo 7

ARTICULO 7 DEFINICIONES DE TERMINOS Los siguientes términos tienen en esta Ordenanza, el significado que se expresa:

Vías Estructurantes: Corresponde a las vías urbanas: expresas, troncales y colectoras, definidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Intersecciones Viales Jerárquicas : Cruce de dos o más vías urbanas: expresas, troncales y/o colectoras.

Mansarda: Corresponde a la habilitación de la techumbre, considerándose como un piso más para efectos de esta Ordenanza y todas las demás disposiciones de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Piso Zócalo: Base habitable de un edificio entre 1.5 m bajo y 1.5 m sobre el nivel del suelo natural. Para efectos de la presente Ordenanza y de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones se considera el piso Zócalo como un piso más.

2. NORMAS GENERALES SOBRE LOTEOS Y URBANIZACIONES

Texto transcrito del documento oficial. Ver el documento oficial (PDF).

Ordenanza publicada por la La Reina · Región de Metropolitana de Santiago

Urbium publica y facilita la consulta de este instrumento de planificación, pero el documento oficial y vinculante es el decretado y publicado por la municipalidad en el Diario Oficial. Ante cualquier discrepancia, prima el instrumento oficial.