Ordenanza
Artículo 25
ARTICULO 25 INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE
25.A VIALIDAD Con el objeto de facilitar el desplazamiento de personas discapacitadas, se dará cumplimiento a lo establecido en el Art. 2.2.8 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. La Vialidad Comunal respecto a Vías Expresas, Troncales, Colectoras y Locales se grafica en el Plano PRLR 05/01 y sus características quedan definidas en los siguientes cuadros: ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular del Gobierno de Chile que dice “GOBIERNO DE CHILE”, “SECRETARIO EJECUTIVO” y “Gobierno Regional Metropolitano”. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Gobierno Regional Metropolitano
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