Artículo 24
Artículo 24 Usos de Suelo y Normas Específicas En las Zonas señaladas en el Artículo precedente, se aplicarán las normas de Uso de Suelo, Ocupación, Subdivisión Predial y Edificación que se señalan a continuación: ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de la República de Chile para el Consejo Regional Metropolitano, con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Consejo Regional Metropolitano ZONA “A” REINA BAJA De acuerdo a lo graficado en Plano PRLR 01/01, esta zona se desarrolla entre los siguientes límites: Límite Norte : Avda.Francisco Bilbao entre el eje del Canal San Carlos hasta eje calle Florencio Barros. Límite Oriente : Calle Florencio Barros entre Avda. Francisco Bilbao hasta calle Valenzuela Puelma; Valenzuela Puelma entre Florencio Barros y calle Vicente Pérez Rosales; Vicente Pérez Rosales entre calle Valenzuela Puelma y Avda. Larrain; Avda. Larrain entre Vicente Pérez Rosales hasta límite poniente Aeródromo Eulogio Sánchez; límite poniente Aeródromo Eulogio Sánchez entre Avda. Larrain y Eje Canal San Carlos. Límite Sur : Avda. José Arrieta entre Eje Canal San Carlos y Avda. Américo Vespucio. Límite Poniente : Avda. Américo Vespucio entre Avda. José Arrieta y Avda. Larrain, Avda. Ossa entre Avda. Larrain y eje Canal San Carlos, hasta Avda. Francisco Bilbao.
A. Usos de Suelo ZONA A
A. 1 Usos de Suelo Permitidos: VIVIENDA EQUIPAMIENTO : SALUD : Casas de Salud y Reposo, Hogares de Ancianos. AREAS VERDES : Plazas y Jardines.
A.2. Usos de Suelo Prohibidos: EQUIPAMIENTO de nivel Regional. de nivel Comunal y Vecinal , todos los no indicados como permitidos. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular del Consejo Regional Metro de Chile, con “REPUBLICA DE CHILE” alrededor del borde superior y “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Consejo Regional Metro
B. Normas Específicas Zona A
| Loteos | Condominios | |||
|---|---|---|---|---|
| Superficie Predial Mínima | 300 m² | 1.200 m² | ||
| Frente Predial Mínimo | 10m | 20 m | ||
| Coeficiente de Ocupación Suelo | 0.2 | 0.3 | ||
| Coeficiente de Constructibilidad | 0.6 | 0.8 | ||
| Área libre de esparcimiento | 15 % | |||
| Estacionamientos y Circulación | ART. N° 25-B | 30 % | ||
| Bien Común uso exclusivo | 25 % | |||
| Ancho mín. acceso a condominio | 6 m | |||
| Altura Máxima de Edificación N° de pisos | 9 m 2 + mansarda por unidad habitacional | 9 m 2 + mansarda por unidad habitacional | ||
| Densidad Bruta Máxima | 150 hab/ha | 150 hab/ha | ||
| Sistema de Agrupamiento | Aislado - Pareado | Aislado | ||
| Distanciamiento mínimo a medianero | s/vano | c/vano | s/vano | c/vano |
| 1° 1.40 | 3.00 | 1° 1.40 | 3.00 | |
| 2° 2.50 | 3.00 | 2° 2.50 | 3.00 | |
| 3° 4.00 | 4.00 | 3° 4.00 | 4.00 | |
| Adosamiento | O.G.U y C. 40%; h=3.5m ubicándose 1.5 m + atrás de Lin.Edific. | O.G.U y C | ||
| Antejardín | ||||
| Calles | 5 m | 5 m | ||
| Pasajes | 3 m | 3 m |
B.1.- Avenida Ossa - Avda. Francisco Bilbao -Polígono comprendido por las vías Francisco Bilbao, Las Arañas, Las Abejas y Avda. Ossa (Américo Vespucio.) -Polígono comprendido por las vías Francisco Bilbao, Avda. Ossa (Américo Vespucio), Las Luciémagas y Ricardo Wagner
B.2.- Avenida Ossa- Avda. Príncipe de Gales - Avda. Tobalaba -Polígono comprendido por las vías Las Arañas, Pasaje Las Arañas, Avda. Príncipe de Gales y Avda. Ossa (Circunvalación Américo Vespucio -Polígono comprendido por las vías Avda. Tobalaba, Avda. Ossa, hasta 150 mts. al sur de la confluencia de ambas avenidas. -Polígono comprendido por Príncipe de Gales, Loreley, Canal de Ramón y Avda. Tobalaba.
B.3.- Avenida Ossa - Simón Bolívar -Polígono comprendido por las vías, Simón Bolívar, deslinde poniente Quinta Michita, Psje Guillermo Tell, Guillermo Tell, Avda. Ossa (Américo Vespucio). -Polígono comprendido por las vías Simón Bolívar, María Barrientos, Dr. Genaro Benavides y Avda. Ossa.
B.4.- Avenida Ossa - Avda. Larraín -Polígono comprendido entre intersección de Avda. Ossa con Avda. Larraín, Av Larraín hasta Guemes, desde este punto paralela a Avda Ossa en 97 m hacia el Norte y desde este punto paralela a Avda Larraín, hasta Avda Ossa. -Polígono comprendido entre la intersección de Avda.Ossa y Avda.Larraín, Avda. Larraín hasta su intersección con calle Paula Jaraquemada, Paula Jaraquemada hasta su intersección con prolongación de calle Ernesto Hevia, Ernesto Hevia hasta su intersección con Avda. Ossa, Avda. Ossa hasta Avda. Larraín.
B.5.- Avenida Ossa - Avda. José Arrieta -Polígono comprendido entre la intersección de Avda. Ossa y Francisco Villagra, Francisco de Villagra hasta deslinde oriente Escuela Confederación Suiza, delinde oriente Escuela Confederación hasta Avda. José Arrieta, Avda. José hasta Avda. Ossa, Avda. Ossa entre José Arrieta y Francisco Villagra. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular del Gobierno Regional Metropolitano de la República de Chile, con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Gobierno Regional Metropolitano B.6.- Avda. Jorge Alessandri - Avda. José Arrieta -Polígono comprendido por las callesPatricio Chávez, Isaías Báez, Diputada Laura Rodríguez, José Arrieta y Avda. Jorge Alessandri, hasta su inyersección con Talinay y Patricio Chávez. B.7.- Florencio Barros - Valenzuela Puelma - Bilbao -Polígono comprendido por línea recta entre intersección de Florencio Barros y Avda. Bilbao y la intersección de Vicente Pérez Rosales con Valenzuela Puelma, Valenzuela Puelma hasta Florencio Barros, Florencio Barros hasta Avda. Francisco Bilbao. B.8.- Echeñique - Loreley - La Cañada -Polígono comprendido por las calles La Cañada, Loreley, Echeñique, Avda. Sánchez Fontecilla.
A. Usos de Suelo Zona B
A.1. Usos de Suelo Permitidos: Vivienda Equipamiento : Todo el equipamiento de Escala Regional, Comunal y Vecinal, de acuerdo a lo permitido en el Artículo 20 y a lo prohibido según cuadro adjunto. Puerta B.7: Vivienda y equipamiento de escala Regional, Comunal y Vecinal de: Áreas Verdes, Cultura, Recreación, Deportes, Servicios Públicos, Comercio, Esparcimiento y Turismo al aire libre. Sello circular de la República de Chile para el Secretario Ejecutivo del Consejo Regional Metropolitano. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Consejo Regional Metropolitano
A.2. EQUIPAMIENTO PROHIBIDO EN ZONA B
| TIPO | ESCALA REGIONAL Y METROPOLITANA | ESCALA COMUNAL | ESCALA VECINAL |
|---|---|---|---|
| SALUD | Cementerios Plantas y botaderos de basura | ||
| SEGURIDAD | Bases militares Cuarteles Cárceles | ||
| SERVICIOS ARTESANALES | Garages | ||
| ESPARCIMIENTO Y TURISMO | Hipódromos Circos Zonas de picnic Moteles | Moteles Hospederias Residenciales | |
| DEPORTES | Medialunas Coliseos | ||
| CULTURA | Zoológicos Jardín botánico | ||
| COMERCIO MINORISTA | Terminales de distribución | Ferias | Ferias |
| SERVICIOS ARTESANALES | Garages |
B. NORMAS ESPECIFICAS ZONA B
| Loteos | |
|---|---|
| Superficie Predial Mínima | 7.000 m² |
| Frente Predial Mínimo | 50m |
| Coeficiente de Ocupación Suelo | 0.70 |
| Coeficiente de Constructibilidad | Libre |
| Área libre de esparcimiento | 30 % |
| Estacionamientos y Circulación | 15 % |
| Bien Común uso exclusivo | 25 % |
| Ancho mín. acceso | 6 m |
| Altura Máxima de Edificación Nº de pisos | libre según rasante |
| Densidad Bruta Máxima | 900 hab/ha |
| Sistema de Agrupamiento | Aislado |
| Distanciamiento mínimo a medianero | 15 m |
| Antejardín Calles | 10 m |
• Los predios y manzanas comprendidos por el polígono formado por Avda. Larrain, costado norte, desde calle Loreley hasta calle Vicente Pérez Rosales, calle Pérez Rosales hasta calle Pontevedra, Pontevedra hasta calle Clorinda Henríquez, Clorinda Henríquez hasta calle Loreley y Loreley hasta Avda. Larrain. • Los predios y manzanas comprendidos por el polígono formado por Avda. Larrain, costado sur, desde calle Sánchez Fontecilla hasta calle Pepe Vila, Pepe Vila hasta calle Los Corcolenes, Los Corcolenes y su prolongación hasta Sánchez Fontecilla y Sánchez Fontecilla hasta Avda. Larrain. • Los predios comprendidos por el polígono formado por calle Clorinda Henríquez desde calle Loreley hasta calle Santa Rita, Santa Rita hasta paralela a 85 m del eje de Clorinda Henríquez, paralela hasta calle Loreley y Loreley hasta Clorinda Henríquez. • Los predios comprendidos por el polígono formado por calle Clorinda Henríquez desde calle Pontevedra hasta calle Teruel, Teruel hasta 85 m del eje de Clorinda Henríquez hacia el suroriente, desde este punto paralela hasta calle Pontevedra y Pontevedra hasta Clorinda Henríquez. • Los predios y manzana comprendidos por el polígono formado por calle Clorinda Henríquez desde calle Santa Rita hasta calle Palma de Mallorca, Palma de Mallorca hasta calle Gibraltar, Gibraltar hasta calle Santa Rita y Santa Rita hasta Clorinda Henríquez. • Los predios y manzana comprendidos por el polígono formado por calle Clorinda Henríquez desde calle Teruel hasta calle Palma de Mallorca, Palma de Mallorca hasta calle Teruel y Teruel hasta Clorinda Henríquez. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de la República de Chile para el Secretario Ejecutivo del Consejo Regional Metropolitano. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Consejo Regional Metropolitano
A. Usos de Suelo Zona C
A.1. Usos de Suelo Permitidos
- Vivienda
- Equipamiento : Todo el equipamiento de Escala Comunal y Vecinal, de acuerdo a lo señalado en el cuadro adjunto. En las mismas construcciones, no se permitirá la coexistencia de Vivienda y Equipamiento en la misma edificación. El Equipamiento a Escala Comunal y Vecinal deberá localizarse en los siguientes sectores: • Avda Francisco Bilbao desde calle Sánchez Fontecilla hasta calle Ricardo Wagner. • Avda. Ossa (Américo Vespucio), acera poniente, desde calle Las Luciémagas hasta calle Sánchez Fontecilla. • Avda. Ossa (Américo Vespucio), acera oriente, desde calle Las Abejas hasta calle Francisco Villagra. • Avda. Príncipe de Gales, ambos costados, entre calles Loreley y Aguas Claras. • Av. Larraín entre Puerta B4 y Avda. Vicente Pérez Rosales. • Avda. José Arrieta, costado norte, entre deslinde oriente Puerta B5 hasta Avda. Tobalaba. • Calle Clorinda Henríquez ambos costados entre Loreley y Palmas de Mallorca. • Calle Aguas Claras, costado sur, Mateo de Toro y Zambrano ambos costados entre Príncipe de Gales y La Cañada y La Cañada, costado norte. • Calle Pepe Vila, costado oriente entre Larraín y Los Prunos, ambos costados entre Los Prunos y Sánchez Fontecilla. Venta de Combustible Gaseoso : Sólo se permite en Avda. José Arrieta Discotecas : Sólo se permite en : Avda. Ossa (Américo Vespucio), Avda. Larraín, Avda. Príncipe de Gales entre Avda. Ossa (Américo Vespucio y Salvador Izquierdo.) ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de la República de Chile, con “Consejo Regional Metropolitano” alrededor del borde y “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro.
| TIPO | ESCALA COMUNAL | ESCALA VECINAL |
|---|---|---|
| SALUD | Clínicas Postas | Dispensarios Consultorios Centros médicos y dentales Policlínicos |
| EDUCACION | Liceos Academias Institutos Colegios | Escuelas básicas Jardines infantiles Parvularios |
| SEGURIDAD | Comisarías Tenencias Bomberos | Retenes |
| CULTO | Templos Parroquias | Capillas |
| CULTURA | Bibliotecas Salas de concierto Teatros - Auditorios | Bibliotecas Casas de la cultura |
| ORGANIZACIÓN COMUNITARIA | Centros de madres Centros abiertos Centros sociales | |
| AREAS VERDES | Parques Plazas | Plazas Jardines |
| DEPORTES | Estadios Centros deportivos Canchas Gimnasios Piscinas | Canchas |
| ESPARCIMIENTO Y TURISMO | Teatros Cines Restaurantes | Cines Fuentes de soda Bares |
| COMERCIO MINORISTA | Centros comerciales Mercados Supermercados Ferias Locales comerciales Venta de combustible gaseoso Servicentros | Locales comerciales Ferias |
| TIPO | ESCALA COMUNAL | ESCALA VECINAL |
|---|---|---|
| SERVICIOS PUBLICOS | Municipalidades Juzgados Servicios de utilidad pública | Correos |
| SERVICIO PROFESIONAL | Oficinas en general Médicos, notarios, etc. Bancos | |
| SERVICIOS ARTESANALES | Tapicerías Talleres de fabricación de tarjetas, sobres, calendarios y papeles con membrete Editoriales Talleres de reparación de electrodomésticos Talleres de reparación de equipos de computación. | Lavanderías Peluquerías Gasfiterías Talleres de joyería Costurerías - modas Jardines de plantas Talleres de fabricación de prod.de panadería y pastelería Talleres de fotografía |
EQUIPAMIENTO PERMITIDO EN ZONA C EDUCACION : Jardines Infantiles y Parvularios. El Equipamiento de Escala Comunal de Liceos y Colegios en los predios que enfrentan a calles cuyo ancho entre líneas oficiales sea igual o superior a 25 m y bajo las condiciones del Artículo 21.4 de esta Ordenanza. SALUD : Casas de Salud y Reposo, y Hogares de Ancianos. AREAS VERDES : Plazas y Jardines.
A.2. Usos de Suelo Prohibidos: EQUIPAMIENTO : Se prohibe el Equipamiento Regional y todos aquellos de Escala Comunal y Vecinal no indicados como permitidos. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de la República de Chile, con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro y “Consejo Regional Metropolitana” alrededor del borde inferior. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Consejo Regional Metropolitana
A. Normas Específicas Zona C
| Equipamiento | Loteos | Condominios y/o Edificios | |
|---|---|---|---|
| Superficie Predial Mínima | 300 m² | 300 m² | 1.200 m² |
| Frente Predial Mínimo | 20 m | 20m | 20 m |
| Coeficiente de Ocupación Suelo | 0.25 | 0.25 | 0.30 |
| Coeficiente de Constructibilidad | 0.5 | 0.6 | 1.2 |
| Área libre de esparcimiento | 20 % | ||
| Estacionamientos y Circulación | Art. N° 25-B | Art. N° 25-B | 2/viv. + 15% visitas |
| Bien Común uso exclusivo | 30 % | ||
| Ancho mín. acceso a condominio | 6 m | ||
| Altura Máxima de Edificación N° de pisos | 7 m 2 | 9 m 2 + mansarda por unidad habitacional | 12 m 4 |
| Densidad Bruta Máxima | 150 hab/ha | 300 hab/ha | |
| Sistema de Agrupamiento | Aislado | Aislado - Pareado | Aislado |
| Distanciamiento mínimo a medianero | O.G.U y C. | O.G.U y C. | 7 m |
| Adosamiento | No se permite | O.G.U y C. | O.G.U y C. |
| Antejardín Calles Pasajes | 5 m | 5 m | 10 m 5 m |
REINA MEDIA Límite Norte : Calle Valenzuela Puelma entre calles Vicente Pérez Rosales y Rebeca Matte. Límite Oriente : Calle Rebeca Matte entre calles Valenzuela Puelma y Onofre Jarpa; calle Onofre Jarpa entre calles Rebeca Matte y prolongación de Rebeca Matte; prolongación de Rebeca Matte entre calles Onofre Jarpa y Carlos Silva Vildósola; Carlos Silva Vildósola entre calles prolongación Rebeca Matte y 270 m hacia el poniente por Carlos Silva Vildósola; desde este punto la perpendicular hasta eje Canal Las Perdices; eje Canal Las Perdices hasta su intersección con Avda. Larrain. Límite Sur : Avda. Larrain desde intersección con eje Canal Las Perdices hasta intersección con Vicente Pérez Rosales. Límite Poniente : Vicente Pérez Rosales desde Avda. Larrain hasta su intersección con Valenzuela Puelma.
REINA ALTA SUR Limite Norte : Avda. Larrain entre eje Canal Las Perdices y límite oriente parcela rol N°6500-6. Limite Oriente : Deslinde Oriente parcelas roles N°6500-6, 82, 83, 84,85, 86, 87 y 88; deslinde Norte parcelas roles N°6500-245, 29, 202 y 31; deslinde Oriente parcela rol N°6500-31 hasta calle Talinay. Límite Sur : Calle Talinay entre Alvaro Casanova y eje Canal Las Perdices. Límite Poniente : Eje Canal Las Perdices entre Talinay y Avda. Larrain. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de la República de Chile para el Secretario Ejecutivo de la Región Metropolitana. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Consejo Regional Metropolitana
A. Usos de Suelo Zona D
A.1. Usos de Suelo Permitidos
- Vivienda
- Equipamiento EDUCACION : Jardines Infantiles y Parvularios. SALUD : Casas de Salud y Reposo, y Hogares de Ancianos. AREAS VERDES : Plazas y Jardines.
A.2...Usos de Suelo Prohibidos:
- Equipamiento : de nivel Regional, de nivel Comunal, y de nivel Vecinal, no indicados como permitidos. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de la República de Chile con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro y “Consejo Regional Metropolitano” alrededor del borde inferior.
B. Normas Específicas Zona D
| Loteos | Condominios | |||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Superficie Predial Mínima | 600 m² | 2.000 m² | ||||
| Frente Predial Mínimo | 20m | 30 m | ||||
| Coeficiente de Ocupación Suelo | 0.25 | 0.30 | ||||
| Coeficiente de Constructibilidad | 0.6 | 0.8 | ||||
| Área libre de esparcimiento | 30 % | |||||
| Estacionamientos y Circulación | Art. N° 25-B | 15% | ||||
| Bien Común uso exclusivo | 25 % | |||||
| Ancho mín. acceso a condominio | 6 m | |||||
| Altura Máxima de Edificación N° de pisos | 9 m 2 + mansarda por unidad habitacional | 9 m 2 + mansarda por unidad habitacional | ||||
| Densidad Bruta Máxima | 75 hab/ha | 90 hab/ha | ||||
| Sistema de Agrupamiento | Aislado - Pareado | Aislado | ||||
| Distanciamiento mínimo a medianeros | s/vano | c/vano | s/vano | c/vano | ||
| 1° | 1.40 | 3.00 | 1° | 1.40 | 3.00 | |
| 2° | 2.50 | 3.00 | 2° | 2.50 | 3.00 | |
| 3° | 4.00 | 4.00 | 3° | 4.00 | 4.00 | |
| Adosamiento | O.G.U y C. 40%; h= 3.5 m ubicándose 1.5 m + atrás de Línea Edificación | O.G.U y C. | ||||
| Antejardín | ||||||
| Calles | 5 m | 5 m | ||||
| Pasajes | 3 m | 3 m |
A Usos de Suelo Zona E A.1. Usos de Suelo Permitidos. - Vivienda
- Equipamiento: EDUCACION : Jardines Infantiles y Parvularios. SALUD : Casas de Salud y Reposo, y Hogares de Ancianos. AREAS VERDES : Plazas y Jardines.
A.2. Usos de Suelo Prohibidos
- Equipamiento : Se prohíben todos los usos de Equipamiento Regional, Comunal y Equipamiento Vecinal no indicado como permitido. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de la República de Chile con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro y “Consejo Regional” alrededor del borde inferior.
B. Normas Específicas Zona E
| Loteos | Condominios | |||
|---|---|---|---|---|
| Superficie Predial Mínima | 100 m² | 2.000 m² | ||
| Frente Predial Mínimo | continua 5 m | pareada 7.5 m | 30 m | |
| Coeficiente de Ocupación Suelo | 0.8 | 0.30 | ||
| Coeficiente de Constructibilidad | 1.6 | 0.8 | ||
| Área libre de Esparcimiento | 30 % | |||
| Estacionamientos y Circulación | Art. N° 25-B | 15% | ||
| Bien Común uso Exclusivo | 25 % | |||
| Ancho mín. acceso a Condominio | 6 m | |||
| Altura Máxima de Edificación N° de pisos | 7 m 2 | 9 m 2 + mansarda por unidad habitacional | ||
| Densidad Bruta Máxima | 450 hab/ha | 450 hab/ha | ||
| Sistema de Agrupamiento | Pareada - continua | Aislado - pareado | ||
| Distanciamiento mínimo a medianeros | s/vano c/vano | s/vano c/vano | ||
| 1° | 1.40 3.00 | 1° | 1.40 3.00 | |
| 2° | 2.50 3.00 | 2° | 2.50 3.00 | |
| 3° | 4.00 4.00 | 3° | 4.00 4.00 | |
| Antejardín | ||||
| Calles | 3 m | 3 m | ||
| Pasajes | 3 m | 3 m |
A. Usos de Suelo Zona F
A.1. Usos de Suelo Permitidos:
- Vivienda : Sólo se permitirá 1 vivienda para cuidador con una superficie máxima de 70 m².
- Equipamiento : - Comunal y Vecinal, que sirvan de apoyo a las actividades propias de esta zona:
- Servicios de Salud de atención ambulatoria.
- Establecimientos de Formación Técnico-Profesional.
- Servicios Profesionales (Bancos)
- Deportes
- Sedes Gremiales
- Comercio Minorista: Venta de Combustible Líquido, Sólido y Gaseoso.
- Servicios Artesanales (Talleres y Garajes).
- Comercio a nivel comunal, en el área comprendida entre las calles Jorge Alessandri, Avenida Larraín, Diputada Laura Rodríguez y Los Ebanistas.
- Transportes : Terminales de Buses Categoría A y B. Sello circular de la República de Chile con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro y “Región Metropolitana” a lo largo del borde inferior.
A.2. Usos de Suelo Prohibidos: Se prohíben todos los usos no indicados como permitidos. Se prohíben además todos los usos de Equipamiento Regional y los Usos de Equipamiento Comunal y Vecinal que no aparecen como expresamente permitidos.
B. Normas Específicas Zona F
| Industria | Servicios Artesanales | |
|---|---|---|
| Superficie Predial Mínima | 1.500 m² | 500 m² |
| Frente Predial Mínimo | 25m | 10 m |
| Coeficiente de Ocupación Suelo | 0.7 | 0.8 |
| Coeficiente de Constructibilidad | 1.4 | 1.6 |
| Estacionamientos y Circulación | Art. N° 25-B | Art. N° 25-B |
| Altura Máxima de Edificación | 14 m | 9 m |
| Sistema de Agrupamiento | Aislado | Aislado |
| Adosamiento | sólo baños, cocinas, vivienda cuidador y oficinas | |
| Antejardín | ||
| Calles | 5 m | 3 m |
| Calle Jorge Alessandri | 10 m | |
| Calle Talinay | 3 m | 3 m |
A. Usos de Suelo Zona G.
A.1. Usos de Suelo Permitidos Vivienda Equipamiento EDUCACION : Jardines Infantiles y Parvularios. SALUD : Casas de Salud y Reposo, y Hogares de Ancianos. AREAS VERDES : Plazas y Jardines.
A.2. Usos de Suelo Prohibidos Equipamiento: Se prohíben todos los Usos de Equipamiento de Nivel Vecinal no indicados como permitidos. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular del Consejo Regional Metropolitano de la República de Chile, con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Consejo Regional Metropolitano
B. Normas Específicas Zona G
| Loteos | Condominios | |
|---|---|---|
| Superficie Predial Mínima | 800 m² | 2.400 m² |
| Frente Predial Mínimo | 20 m | 30 m |
| Coeficiente de Ocupación Suelo | 0.30 | 0.35 |
| Coeficiente de Constructibilidad | 0.8 | 0.9 |
| Área libre de esparcimiento | 25 % | |
| Estacionamientos y Circulación | Art. N° 25-B | 10 % |
| Bien Común uso exclusivo | 30 % | |
| Ancho mín. acceso a condominio | 6 m | |
| Altura Máxima de Edificación Nº de pisos | 9 m 2 + mansarda por unidad habitacional | 9 m 2 + mansarda por unidad habitacional |
| Densidad Bruta Máxima | 60 Hab/Há | 85 Hab/Ha |
| Sistema de Agrupamiento | Aislado | Aislado |
| Distanciamiento mínimo a medianeros | 5 m | 5 m |
| Antejardín | ||
| Calles | 10 m | 10 m |
| Pasajes | 3 m | 3 m |
A.- Usos de Suelo Zona H.
A.1. Usos de Suelo Permitidos Vivienda Equipamiento : EDUCACION : Jardines Infantiles y Parvularios. SALUD : Casas de Salud y Reposo, y Hogares de Ancianos. AREAS VERDES : Plazas y Jardines. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de tinta con el texto “REPUBLICA DE CHILE”, “SECRETARIO EJECUTIVO” y “Región Metropolitana”. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Región Metropolitana
A.2. Usos de Suelo Prohibidos: Equipamiento: Se prohiben todos los usos de Equipamiento Regional, los de Equipamiento Comunal, y los Usos de Equipamiento Vecinal no indicados como permitidos.
B. Normas Específicas Zona H
| Loteos | Condominios | |
|---|---|---|
| Superficie Predial Mínima | 2.000 m² | 4.000 m² |
| Frente Predial Mínimo | 20 m | 30 m |
| Coeficiente de Ocupación Suelo | 0.18 | 0.20 |
| Coeficiente de Constructibilidad | 0.45 | 0.5 |
| Área libre de esparcimiento | 38 % | |
| Estacionamientos y Circulación | Art. N° 25-B | 12 % |
| Bien Común uso exclusivo | 30 % | |
| Ancho mín. acceso a Condominio | 6 m | |
| Altura Máxima de Edificación N° de pisos | 9 m 2 + mansarda por unidad habitacional | 9 m 2 + mansarda por unidad habitacional |
| Densidad Bruta Máxima | 25 Hab/Ha | 40 Hab/Ha |
| Sistema de Agrupamiento | Aislado | Aislado |
| Distanciamiento mínimo a medianeros | 5 m | 5 m |
| Antejardín | ||
| Calles | 10 m | 10 m |
| Pasajes | 3 m | 3 m |
A.- Usos de Suelo Zona I
A.1. Usos de Suelo Permitidos Vivienda Equipamiento EDUCACION : Jardines Infantiles y Parvularios. SALUD : Casas de Salud y Reposo, y Hogares de Ancianos. AREAS VERDES : Plazas y Jardines.
A.2. Usos de Suelo Prohibidos Se prohíben todos los usos de Equipamiento Regional, los de Equipamiento Comunal, y los Usos de Equipamiento Vecinal no indicados como permitidos. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular del Gobierno de Chile con el texto “REPUBLICA DE CHILE”, “SECRETARIO EJECUTIVO” y “Consejo Regional Metropolitano”. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Consejo Regional Metropolitano
B. Normas Específicas Zona I
| Loteos | Condominios | |
|---|---|---|
| Superficie Predial Mínima | 10.000 m² | 20.000 m² |
| Frente Predial Mínimo | 30 m | 30 m |
| Coeficiente de Ocupación Suelo | 0.1 | 0.2 |
| Coeficiente de Constructibilidad | 1 | 0.4 |
| Área libre de Esparcimiento | 25 % | |
| Estacionamientos y Circulación | Art. N° 25-B | 40 % |
| Bien Común uso exclusivo | 11 % | |
| Ancho mín. acceso a Condominio | 6 m | |
| Altura Máxima de Edificación N° de pisos | 9 m 2 + mansarda por unidad habitacional | 12 m 4 |
| Densidad Bruta Máxima | 5 Hab/Ha | 40 Hab/Ha |
| Sistema de Agrupamiento | Aislado | Aislado |
| Distanciamiento mínimo a medianeros | 5 m | 5 m |
| Antejardín | ||
| Calles | 10 m | 10 m |
| Pasajes | 5 m | 5 m |
A.- Usos de Suelo Zona J-1
A.1. Usos de Suelo Permitidos Vivienda Equipamiento EDUCACION : Jardines Infantiles y Parvularios. SALUD : Casas de Salud y Reposo, y Hogares de Ancianos. AREAS VERDES : Plazas y Jardines.
A.2. Usos de Suelo Prohibidos Se prohíben todos los usos de Equipamiento Regional, los de Equipamiento Comunal, y los Usos de Equipamiento Vecinal no indicados como permitidos. Sello circular del Secretario Ejecutivo del Consejo Regional Metropolitano. SECRETARIO EJECUTIVO Consejo Regional Metropolitano
B. Normas Específicas Zona J-1
| Loteos | Condominios | |
|---|---|---|
| Superficie Predial Mínima | 2.000 m² | 20.000 m² |
| Frente Predial Mínimo | 20m | 50 m |
| Coeficiente de Ocupación Suelo | 0.2 | 0.2 |
| Coeficiente de Constructibilidad | 0.3 | 0.4 |
| Área libre de Esparcimiento | 25 % | |
| Estacionamientos y Circulación | Art. N° 25-B | 40 % |
| Bien Común Uso Exclusivo | 11% | |
| Ancho mín. acceso a Condominio | 6 m | 6 m |
| Altura Máxima de Edificación N° de pisos | 9 m 2 + mansarda por unidad habitacional | 10,50 m 3 pisos |
| Densidad Bruta Máxima | 25 Hab/Ha | 65 Hab/Ha |
| Sistema de Agrupamiento | Aislado | Aislado |
| Distanciamiento mínimo a medianeros | 5 m | 5 m |
| Adosamiento | No se permite | No se permite |
| Antejardín Calles Pasajes | 10 m 5 m | 10 m 5 m |
A. Usos de Suelo Zona K
A.1 Usos de Suelo Permitidos Vivienda
Equipamiento EDUCACION : Jardines Infantiles y Parvularios.
- Residencias para Estudiantes SALUD :Casas de Salud y Reposo, y Hogares de Ancianos. AREAS VERDES : Plazas y Jardines DEPORTES : : Escala Comunal de Gimnasios, Estadios, Centros Deportivos, Piscinas y Canchas. TERMINAL DE LOCOMOCION COLECTIVA : En la esquina de Talinay con Av. Las Perdices. de acuerdo a localización y condiciones establecidas en el Artículo 25-C de la presente Ordenanza ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de tinta con el texto “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro y “Consejo Regional Metropolitano” alrededor del borde inferior.
A.2. Usos de Suelo Prohibidos: Equipamiento: Todos los usos de Equipamiento de Escala Regional, Comunal y Vecinal no mencionados como permitidos.
B. Normas Específicas Zona K
| Loteos | Condominios | |
|---|---|---|
| Superficie Predial Mínima | 200 m² | 1.200 m² |
| Frente Predial Mínimo | 10 m | 30 m |
| Coeficiente de Ocupación Suelo | 0.4 | 0.3 |
| Coeficiente de Constructibilidad | 1 | 1.25 |
| Área libre de Esparcimiento | 20 % | |
| Estacionamientos y Circulación | Art. N° 25-B | 2/viv. + 15% visita |
| Bien Común Uso Exclusivo | 11 % | |
| Ancho mín. acceso a Condominio | 6 m | |
| Altura Máxima de Edificación N° de pisos | 9 m 2+mansarda por unidad habitacional | 18 m 6 |
| Densidad Bruta Máxima | 160 Hab/Ha | 760 Hab/Ha |
| Sistema de Agrupamiento | Aislado | Aislado |
| Distanciamiento mínimo a medianeros | O.G.U y C. | 7 m |
| Antejardín | ||
| Calles | 5 m | 7 m |
| Pasajes | 5 m | 5 m |
SUBZONA L-1 INSTITUCIONAL DEL EJÉRCITO DE CHILE Localizada entre calle Valenzuela Llanos, Avenida Nueva Príncipe de Gales y Avenida Larraín, alberga instalaciones institucionales del Ejército de Chile.
SUBZONA L-2 EQUIPAMIENTO DE SALUD Localizada en el sector sur poniente de Zona Militar, adyacente a Av. Larraín y Valenzuela Llanos. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de tinta con “REPUBLICA DE CHILE” alrededor del borde superior y “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO ZONA “M” AREAS VERDES Y RECREACIÓN (PRMS Art.5.2)
SUBZONA M1 PARQUE INTERCOMUNAL ORIENTE Está definido por los siguientes límites: Norte : Avda. Francisco Bilbao entre Calle Florencio Barros y Avda. Padre Hurtado. Sur : Calle Valenzuela Puelma entre Prolongación Av. Vicente Pérez Rosales Avda. Las Perdices. Oriente : Avda. Padre Hurtado entre Avda. Francisco Bilbao y Calle Valenzuela Puelma. Poniente : Prolongación Av. Vicente Pérez Rosales entre Avda. Francisco Bilbao y Calle Valenzuela Puelma.
SUBZONA M2 PARQUE MUNICIPAL Está definido por los siguientes límites: Norte : Prolongación Avda. Larrain Sur : Prolongación calle Talinay y límite Comunal Oriente : Límite Comunal Poniente : Parcelas Nº 366, 367, 368, 369, 370, 371, 372 y 373.
A. Usos de Suelo Zonas M1 y M2
A.1. Usos de Suelo Permitidos: Equipamientos de Escala Regional, Comunal y Vecinal de: Áreas Verdes - Recreacional - Deportivo Culto - Cultura - Científico Esparcimiento y Turismo al aire libre La porción del Parque Municipal que se emplaza sobre la cota 900 m.s.n.m. será normada por disposiciones que establece el Plan Regulador Metropolitano de Santiago para el Área de Preservación Ecológica en el Art. 8.3.1.1 de su Ordenanza, como asimismo, para el área de Remoción en Masa, Art. 8.2.1.4.
A.2. Usos de Suelo Prohibidos: Todos los no indicados como permitidos. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular del Consejo Regional Metropolitano de la República de Chile, con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Consejo Regional Metropolitano
B. Normas Específicas Zonas M1 y M2.
- Coeficiente de Ocupación de Suelo : 0,05
- Coeficiente de Constructibilidad : 0.05
- Sistema de Agrupamiento : Aislado
- Altura Máxima de Edificación : 14 m
- Adosamiento : No se permiten.
- Distanciamiento mínimo a Línea Oficial : 10 m con excepción de instalaciones de acceso, boletería, control y portería.
SUBZONA M3_ AVENIDAS PARQUE (PRMS Art.5.2.3.4) Son áreas verdes de uso público, adyacentes a Sistemas Viales Metropolitanos y/o fajas de protección de cauces de agua, cuya función es vincular los principales elementos del Sistema Metropolitano de Áreas Verdes y Recreación y aportar Areas de Esparcimiento y Recreación. En aquellas que tengan relación con protección de cauces de agua, se deberá dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago, Título 8º, Art. 8.2.1.1., letra a. De Inundación. Se establecen los siguientes:
- Parques adyacentes a cauces: Las dimensiones que se definen incluyen el cauce la vialidad y el parque.
- Parque Tobalaba (Perfil Av. Tobalaba: 80 m)
- Parque Canal Las Perdices (Perfil Av. Las Perdices: variable 33 - 50 m)
- Parque Canal El Bollo (Perfil 15m) ( 7,5 m. desde el eje de canal a cada lado)
- Parques adyacentes a sistemas viales: Las dimensiones que se mencionan incluyen vialidad y parque.
- Parque Av. Paseo Pie Andino (Perfil 60/80 m)
Usos de suelo Permitidos: Instalaciones mínimas complementarias a su función, como actividades recreativas y de esparcimiento al aire libre. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL 2 Sello circular de la República de Chile con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro y “Dirección Regional Metropolitana” alrededor del borde inferior. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Dirección Regional Metropolitana SUBZONA M4 AREAS VERDES DE NIVEL COMUNAL Son las indicadas en Planos PRLR-01/01, con la simbología correspondiente:
A. Usos de Suelo Zona M4
A.1. Usos de Suelo Permitidos: Plazas : En esta Zona se permitirán las construcciones complementarias a su uso específico (kioscos, fuentes, pérgolas, juegos infantiles, etc.), como también se podrá localizar equipamiento cultural y deportivo.
A.2. Usos de Suelo Prohibidos: Se prohíben todos los no indicados como permitidos.
B. Normas Específicas Zona M4 Las condiciones de edificación para estas construcciones complementarias serán determinadas en los proyectos específicos, los cuales serán aprobados por la Dirección de Obras Municipales. Coeficiente Máximo de Ocupación de suelo : 0.01 Coeficiente Máximo de Constructibilidad : 0.01 En esta zona no se permitirán subdivisiones prediales. ZONA M4 - EMOS : Se permite desafectar el 20% como área verde, para destinarla a otro uso. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL 53 Sello circular de tinta con el texto “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro y “REPUBLICA DE CHILE” alrededor del borde superior. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO SUBZONA M5 AREAS VERDES COMPLEMENTARIAS (PRMS Art.5.2.4.)
EQUIPAMIENTO RECREACIONAL Y DEPORTIVO CLUB DE CAMPO PRÍNCIPE DE GALES Y ESTADIO BANCO CENTRAL.
A. Usos de Suelo Zona M5 0
A.1. Usos de Suelo Permitidos: Sólo se permitirán construcciones complementarias a su uso específico que incluye el Equipamiento a Escala Comunal de: Cultura, Áreas Verdes y Deportes. Se podrá completar el coeficiente de ocupación de suelo permitido con uso habitacional, no sobrepasando éste el 20% de la superficie total del terreno.
A.2. Usos de Suelo Prohibidos: Todos los no indicados como permitidos.
B. Normas Específicas Zona M5. Las normas para cada proyecto específico, deberán observar las disposiciones contenidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y el Plan Regulador Metropolitano de Santiago. Coeficiente de ocupación de suelo: 20% de la superficie total del terreno destinada a sus fines propios y 20% de la superficie total del terreno para otros usos, de acuerdo al Plan Regulador Metropolitano de Santiago. En esta zona no se permitirán nuevas Subdivisiones Prediales. Cualquier modificación a los usos de suelo requerirá de un Plan Seccional. Con relación al resto de Normas Específicas se asimilará a lo establecido para la Zona A. Rasante: de acuerdo al Artículo 15 de esta Ordenanza. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de la República de Chile con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro y “Consejo Regional Metropolitano” alrededor del borde inferior. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Consejo Regional Metropolitano ZONA “N” INMUEBLES Y ZONAS DE CONSERVACIÓN HISTÓRICA De acuerdo a lo prescrito por el Artículo 60, inciso segundo, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y por el Artículo 2.7.8 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, los permisos para la rehabilitación, reconstrucción, demolición o modificación de cualquier índole de los Inmuebles y Sectores de Conservación Histórica, sólo podrán ser otorgados por la Dirección de Obras Municipales con la autorización previa de la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana. En la comuna de La Reina, los Inmuebles y Zonas de Conservación Histórica se regirán, además, por lo dispuesto en el artículo 5.2.4.3 del Plan Regulador Metropolitano de Santiago. Son los siguientes, con su correspondiente dirección:
| 1. Comunidad Quinta Jesús | Jesús N° 675 |
| 2. Casa Michoacán | Lynch Norte N° 164 |
| 3. Colegio de la Salle | Avda. Ossa N° 1349 |
| 4. Comunidad Quinta Michita | Avda. Simón Bolívar N° 5870 |
| 5. Casona del Cabildo | Avda.Larraín N° 8602 / C.Ossandón N° 11 |
| 6. Edificio Consistorial | Avda. Larraín N° 9925 |
| 7. Colegio San Leonardo Murialdo | Nicanor Plaza Pc. 235 |
| 8. Villa Paidahue | Alvaro Casanova Pc 289 |
| 9. Casa Poeta Nicanor Parra | Julia Berstein Pc.272-D |
| 10. Capilla Hogar de Ancianos Nuestra Sra. de Loreto | Avda. José Arrieta N° 8220. |
| 11. Academia de Guerra del Ejército | Nva. Príncipe de Gales / Valenzuela Llanos |
| 12. Cruz Roja Chilena | Avda. Ossa N° 123 |
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de tinta con el texto “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro y “MUNICIPALIDAD DE CHILE” alrededor del borde. MUNICIPALIDAD DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Región Metropolitana ZONA “P” POLOS DE DESARROLLO DE EQUIPAMIENTO COMUNAL Y VECINAL. Esta Zona está delimitada de acuerdo a lo graficado en Plano PRLR 01/01, y comprende los siguientes sectores.
Polos de Desarrollo Comunal: PC1 Vicente Pérez Rosales - Simón Bolívar PC2 Plaza Ossandón PC3 Plaza La Reina (Onofre Jarpa - Silva Vildósola PC5 Avda. Larrain - Municipalidad PC6 Avda. Larrain - Jorge Alessandri
Polos de Desarrollo Vecinal: PV1 Alcalde Alejandro Chadwick- Rutilio Rivas PV2 Monseñor Edwards- La Cañada PV3 Monseñor Edwards entre Vista Hermosa y Via Regina PV4 Plaza Santiago Bueras, (Echeñique / Loreley.)
A.- Usos de Suelo Zona P Vivienda Equipamiento De acuerdo a lo indicado expresamente en los cuadros que se adjuntan para Polos Comunales y para Polos Vecinales. Para los Polos Comunales regirán las normas específicas fijadas para la Zona C y para los Polos Vecinales regirán las normas específicas de la zona en la cual el Polo está localizado. Sello rectangular que dice “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de la República de Chile con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro y “Consejo Regional Metropolitano” alrededor del borde inferior. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Consejo Regional Metropolitano Sólo para el POLO PC-5 se establecen las siguientes condiciones para la edificación de viviendas:
Normas Específicas VIVIENDA PC-5
| Superficie Predial Mínima | 3.500 m² |
| Frente Predial Mínimo | 40m |
| Coeficiente de Ocupación Suelo | 0.4 |
| Coeficiente de Constructibilidad | libre |
| Área libre de esparcimiento | 20% |
| Estacionamientos y Circulación | ART. N° 31-B |
| Ancho mínimo acceso | 6 mts. |
| Altura Máxima de Edificación N° de pisos | 5 pisos |
| Densidad Bruta Máxima | 750 hab/ha |
| Sistema de Agrupamiento | Aislado |
| Distanciamiento mínimo a medianero | 5 mts. |
| Antejardín Calles | 5 mts. |
| TIPO | ESCALA COMUNAL | ESCALA VECINAL |
|---|---|---|
| SALUD | Clínicas | Dispensarios Consultorios, Policlínicos Centros médicos y dentales |
| EDUCACIÓN | Liceos Educ.Media Academias Institutos de Capacitación Escuelas Básicas | Parvularios |
| SEGURIDAD | Tenencias Bomberos | |
| CULTO | Templos Parroquias | Capillas |
| CULTURA | Salas de conciertos Auditórios Teatros | Bibliotecas |
| ORGANIZACIÓN COMUNITARIA | Juntas de vecinos Centros de madres Centros sociales | |
| ÁREAS VERDES | Parques Plazas | Plazas de Juegos |
| DEPORTES | Estadios, canchas Gimnasios, Piscinas Centros deportivos | Canchas |
| ESPARCIMIENTO Y TURISMO | Teatros Cines Restaurantes | Bares Fuentes de Soda |
| COMERCIO MINORISTA | Centros comerciales Mercados Supermercados Servicentros | Locales comerciales Ferias |
| SERVICIOS PÚBLICOS | Municipios Juzgados Serv.de utilidad pública | Correos y telégrafos |
| SERVICIOS PROFESIONALES | Oficinas en general (Abogados, médicos, dentistas, notarios, etc) Bancos | --- |
| SERVICIOS ARTESANALES | Talleres | Lavanderías Peluquerías Gasfiterías Costurerías-Modas Jardines de plantas Talleres pequeños |
| TIPO | ESCALA VECINAL |
|---|---|
| SALUD | Dispensarios Consultorios Centros médicos y dentales Policlínicos |
| EDUCACIÓN | Parvularios |
| SEGURIDAD | Tenencias |
| CULTO | Capillas |
| CULTURA | Bibliotecas |
| ORGANIZACIÓN COMUNITARIA | Juntas de vecinos Centros de madres Centros sociales |
| ÁREAS VERDES | Plazas de Juegos |
| DEPORTES | Canchas |
| ESPARCIMIENTO Y TURISMO | Bares Fuentes de Soda |
| COMERCIO MINORISTA | Locales comerciales Ferias |
| SERVICIOS PÚBLICOS | Correos y telégrafos |
| SERVICIOS PROFESIONALES | Oficinas profesionales |
| SERVICIOS ARTESANALES | Lavanderías Peluquerías Gasfiterías Costurerías-Modas Jardines de plantas Talleres pequeños |
A.2. Usos de Suelo Prohibidos En los Polos Comunales y Vecinales se prohíben expresamente todos los equipamientos no mencionados como permitidos. En el POLO PC2 y POLO PC6, en la parte en que los afecta el área de resguardo del Aeródromo Eulogio Sánchez, prima la norma específica definida para la SubZona R6 de la presente Ordenanza. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de tinta con el texto “REPUBLICA DE CHILE”, “SECRETARIO EJECUTIVO” y “Gobierno Regional Metropolitana”. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Gobierno Regional Metropolitana ZONA “R” AREA RESTRINGIDA O EXCLUIDA AL DESARROLLO URBANO (PRMS TITULO 8º)
SUBZONA “R-1” AMAGADAS POR INUNDACION Están constituidas por los terrenos consolidados, con edificaciones adyacentes a puntos de desbordes de cauces permanentes, con peligro de inundación como es la Quebrada de Ramón, de acuerdo a lo graficado en Plano PRLR 01/01. El área emplazada al poniente del Canal Las Perdices, en el segmento conformado por los puntos indicados en el cuadro que se detalla en la página siguiente, está afecta a ser “Amagada por Inundación” y por material que pueda transportar la Quebrada de Ramón.
Normas Específicas de Edificación: Altura sobrecimiento cierro : 0.50 m Nivel de piso terminado 1º piso : 0.50 m sobre la cota de solera de la acera adyacente La construcción de subterráneos en esta subzona, destinados exclusivamente para estacionamientos y/o bodegas, sólo se autorizará fundamentada en estudios específicos que consulten obras (como sistemas de absorción de aguas lluvias en el último nivel de subterráneo), que garanticen la no inundación de los recintos. Sello circular de la República de Chile, con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro y “Consejo Regional Metropolitano” alrededor del borde inferior. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Consejo Regional Metropolitano VERTICES DEL AREA DE RIESGO AMAGADA POR INUNDACION
| 1 | Avenida Ossa | Avenida Príncipe de Gales |
| 2 | Avenida Príncipe de Gales | Monseñor Edwards |
| 3 | Monseñor Edwards | José Ortega y Gasset |
| 4 | José Ortega y Gasset | Juan Milton |
| 5 | Juan Milton | Alcalde Rutilio Rivas |
| 6 | Alcalde Rutilio Rivas | Florencio Barrios |
| 7 | Punto 100 m. al norte de intersección Av. Padre Hurtado con Valenzuela | |
| 8 | Av. Padre Hurtado | Valenzuela Puelma |
| 9 | Valenzuela Puelma | Carlos Ossandón |
| 10 | Carlos Ossandon | 23 de Febrero |
| 11 | 23 de Febrero | Pedro Lira |
| 12 | Pedro Lira | Carlos Silva Vildósola |
| 13 | Carlos Silva Vildósola | Pintor Pedro Lobos |
| 14 | Pintor Pedro Lobos | Avenida Príncipe de Gales |
| 15 | Avenida Príncipe de Gales | Vicente Pérez Rosales |
| 16 | Vicente Pérez Rosales | Avenida Echeñique |
| 17 | Avenida Echeñique | Santa Rita |
| 18 | Santa Rita | Simón González |
| 19 | Simón Gonzalez | Loreley |
| 20 | Rubén Darío | Doctor Genaro Benavides |
| 21 | Doctor Genaro Benavides | Javiera Carrera Norte |
| 22 | Javiera Carrera Norte | Avenida Larraín |
| 23 | Avenida Larraín | Avenida Américo Vespucio |
| 1 | Avenida Ossa | Avenida Príncipe de Gales |
| NOMBRE QUEBRADA | CÓDIGO | TRAMO NORMADO | ANCHO MÍNIMO FAJA RESTRIC. A CADA BORDE |
|---|---|---|---|
| Larraín-Parque | O-16 | Desde Límite Urbano hasta el Canal El Bollo | 40 m |
| Desde el Canal El Bollo hasta el Canal Las Perdices | 25 m | ||
| Verde | O-17 | Desde Límite Urbano hasta el Canal El Bollo | 40 m |
| Desde el Canal El Bollo hasta el Canal Las Perdices | 25 m | ||
| Carpay | O-18 | Desde Límite Urbano hasta el Canal El Bollo | 40 m |
| Desde el Canal El Bollo hasta el Canal Las Perdices | 25 m | ||
| Paidahue | O-19 | Desde Límite Urbano hasta el Canal El Bollo | 40 m |
| Desde Canal El Bollo hasta calle Carlos Silva Vildósola. | 25 m | ||
| Las Cabras | O-20 | Desde Límite Urbano hasta canal El Bollo | 40 m |
| María Monvel | O-21 | Desde Límite Urbano hasta el Canal El Bollo | 40 m |
| Quebrada de Ramón | Desde Canal Las Perdices Hasta Canal El Bollo | 100 m |
eje hidráulico
Lecho Quebrada
Lecho Mayor de Inundación de la Quebrada En esta zona sólo se permitirán las instalaciones mínimas complementarias a las actividades al aire libre que no impliquen concentración masiva o permanencia prolongada de personas. Todo proyecto de urbanización y construcción deberá contar con la aprobación o informe favorable, según corresponda, del Departamento de Obras Fluviales del M.O.P. y de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo. La recepción Municipal de las obras derivadas de los proyectos antes señalados, sólo se efectuará previa conformidad del Departamento de Obras Fluviales del M.O.P. Cuando exista modificación de los cauces mismos, o construcción, o alteración de obras, como adovedamientos, pasos bajo o sobre nivel, u otros, conforme lo señala el Art.41 del Código de Aguas, la aprobación de los proyectos corresponderá a la Dirección General de Aguas, (D.G.A.), tal como lo señala el Art. 171 del mismo Código. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de la Secretaría Ejecutiva de la Dirección General de Aguas, con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro y “Dirección General Metropolitana” alrededor del borde inferior. JEFATURA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Dirección General Metropolitana SUBZONA “R3” CAUCES ARTIFICIALES Son aquellos indicados en Planos PRLR 01 / 01 como Subzona R3 , y corresponden a: CANAL DE RAMON CANAL LAS PERDICES CANAL EL BOLLO CANAL SAN CARLOS Los proyectos de canalización de aguas a tajo abierto o entubados, deberán consultar fajas de protección a ambos costados del borde del cauce. La faja de protección no será construible y tendrá un mínimo de 3.00 metros desde el borde del cauce hasta el eje medianero, o la distancia equivalente a un medio del ancho del cauce cuando éste exceda de 6.00 metros. Todo predio colindante a un canal deberá respetar una faja de mínimo 3.00 metros de ancho desde el eje medianero hacia el interior, sin construir. Los cierros de los predios que enfrentan las fajas de protección, deberán ejecutarse en albañilería reforzada dispuesta de soga o muros de hormigón. Los canales El Bollo, Las Perdices y San Carlos serán considerados Vías Parques, consultándose en cada uno de ellos una faja de protección de cauces de aguas en toda su extensión. En ellas sólo se permitirán las instalaciones mínimas complementarias a su función como actividades recreativas y de esparcimiento al aire libre. Cuando exista modificación de los cauces mismos, o construcción, o alteración de obras, como abovedamientos, pasos bajo o sobre nivel, u otros, conforme lo señala el Art.41 del Código de Aguas, la aprobación de los proyectos corresponderá a la Dirección General de Aguas, (D.G.A.), tal como lo señala el Art. 171 del mismo Código. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
Sello circular del gobierno chileno con el texto “REPUBLICA DE CHILE”, “SECRETARIO EJECUTIVO” y “Gobierno Metropolitano”. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Gobierno Metropolitano SUBZONA “R4” RIESGO GEOFÍSICO ASOCIADO A REMOCION EN MASA (PRMS ART.8.2.1.4.) Esta área se rige por las disposiciones del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, en su artículo 8.2.1.4. a) de Riesgo Geofísico Asociado a Remoción en Masa.
| Nombre del Area | Comuna |
|---|---|
| Area Montañosa - Quebrada s/nombre O-16 | La Reina / Peñalolén |
Usos de suelo permitidos: En las áreas ubicadas fuera del límite urbano, sólo se permitirán actividades de forestación y esparcimiento al aire libre, con instalaciones mínimas complementarias a dichas actividades y que no impliquen concentración masiva y/o permanencia prolongada de personas. Las instalaciones no podrán alterar la topografía del suelo, como asimismo el escurrimiento natural de las aguas provenientes de esteros y quebradas.
Usos de Suelo Excluidos : Todos los no indicados expresamente como permitidos. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular del Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía. SECRETARIA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Comisión Nacional Metropolitana SUBZONA “ZSB4 y ZSB5” PROTECCION CENTRO NUCLEAR DE LA REINA / LAS CONDES (PRMS ART.8.2.2.1.) Es el área circundante al Centro de Investigación Nuclear, destinadas a minimizar riesgos al emplazamiento de población. Según el Plano PRM-93-1.A.5 se definen para la Comuna de La Reina dos zonas de seguridad que afectan este territorio. Estas se denominan Zonas de Baja Densidad de Población y son las siguientes: Z.S.B.4 y Z.S.B.5. La delimitación, precisión de su radio de acción, como asimismo las normas específicas con relación a la intensidad de ocupación del área de protección y usos de suelo permitidos, serán los determinados por la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo a proposición de la Comisión Chilena de Energía Nuclear.
A. Usos de Suelo. A1.- Usos de Suelo Permitidos: Vivienda, y Areas Verdes. A2.- Usos de Suelo Prohibidos: Todos lo no indicados como permitidos.
B. Normas Específicas:
- Superficie Predial Mínima Z.S.B.4 : 2.000 m² Z.S.B.5 : 1.350 m²
- Frente Predial Mínimo : 20 m
- Coeficiente de Ocupación de Suelo Z.S.B.4 : 0.18 Z.S.B.5 : 0.22
- Coeficiente de Constructibilidad Z.S.B.4 : 0,18 Z.S.B.5 : 0,22
- Densidad Máxima Z.S.B.4 : 20,0 Hab/ha ó 4 viv./Ha. Z.S.B.5 : 30,0 Hab/ha ó 6 viv./Ha.
- Altura Máxima de Edificación : 7 m
- Sistema de Agrupamiento : Aislado
- Adosamientos : No se permiten
- Distanciamiento a Línea Oficial : 5 m. a calle 3 m a pasaje ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de tinta con “REPUBLICA DE CHILE” alrededor del borde superior y “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro.
A. Usos de Suelo
A.1. Usos de Suelo Permitidos: Científico, cultural, educativo, recreacional, deportivo y turístico, con las instalaciones y/o edificaciones mínimas e indispensables para su habilitación. Las normas que regirán estas actividades y asimismo las de los usos complementarios a ellas como: equipamiento de seguridad, comunicaciones, salud, comercio y estacionamientos de uso público, serán definidas por la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo en cada caso, atendiendo a sus características específicas, al Estudio de Impacto Ambiental aprobado por los organismos competentes e informe favorable del Ministerio de Agricultura. La aprobación de proyectos quedará condicionada en todos los casos a la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, realizado por el interesado, evaluado e informado favorablemente por los organismos que corresponda. Las actividades agrícolas, ganaderas o forestales podrán desarrollarse en forma controlada, para lo cual el Ministerio de Agricultura fijará las condiciones pertinentes.
A. 2. Usos de Suelo Prohibidos: Todos los no indicados como permitidos. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular de tinta con el texto “REPUBLICA DE CHILE”, “SECRETARIO EJECUTIVO” y “Santiago Regional Metropolitana”. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Santiago Regional Metropolitana SUBZONA “J-2” CARPAY 2 - AREA DE PROTECCION ECOLOGICA CON DESARROLLO CONTROLADO (PRMS ARTICULO 8.3.1.2) Esta Zona está delimitada de acuerdo a lo graficado en Plano PRLR-01/01 y comprende el polígono definido por: Límite Norte : Quebrada 0-19 Paidahue entre Cota 900 m.s.n.m. y Cota 1.000 m.s.n.m. Límite Oriente : Cota 1.000 m.s.n.m. entre Quebrada 0-18 Carpay y Quebrada 0-19 Paidahue. Límite Sur : Quebrada 0-18 Carpay entre Cota 900 m.s.n.m. y Cota 1.000 m.s.n.m. Límite Poniente : Cota 900 m.s.n.m. entre Quebrada 0-19 Paidahue y Quebrada 0-18 Carpay.
A. Usos de Suelo Zona J-2
A.1. Usos de Suelo Permitidos:
- Vivienda : 1 por predio. Además se podrá edificar en el mismo predio,
- 1 vivienda para cuidador. Equipamiento : Areas Verdes, Deportes y Recreación, Científico y Cultural
A.2. Usos de Suelo Prohibidos: Todos los no indicados como permitidos
B. Normas Específicas:
- Superficie Predial Mínima : 10 Ha.
- Porcentaje máx. de Ocupación de Suelo : 0.50 %
- Coeficiente Máximo de Constructibilidad : 0.01
- Altura máxima de edificación : 7 mt. o 2 pisos Todo proyecto que se desarrolle en esta área, deberá cumplir con un porcentaje de arborización no inferior a un 25% de la superficie predial, con especies nativas y exóticas, de acuerdo a proyecto autorizado por el Ministerio de Agricultura. Las instalaciones y/o edificaciones, como asimismo las especies arbóreas, no podrán alterar el escurrimiento natural de aguas provenientes de esteros y quebradas. No se permitirá instalaciones o construcciones de ningún tipo en terrenos adyacentes a quebradas, a distancias inferiores a 40 mts. a cada lado de los bordes del cauce. Los proyectos que se desarrollen en esta área deben incluir medidas de control y conservación del suelo, para lo cual se exigirá un informe emitido por el Organismo competente. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular del Servicio Agrícola y Ganadero de Chile, con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro y “Metropolitana” a lo largo del borde inferior.
A. Usos de Suelo en Recinto Aeródromo.
A.1. Usos de Suelo Permitidos Sólo se permitirá Aeródromo y Equipamiento complementario a las actividades del Aeródromo.
A.2. Usos de Suelo Prohibidos. Todos los no indicados como permitidos
B. Normas Específicas: Las instalaciones y edificaciones que se desarrollen en el predio del Aeródromo se rigen por las disposiciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Dirección de Aeropuertos del M.O.P. y conforme a lo establecido en el "Reglamento para el Contrato de Obras Públicas", D.S. Nº 15 M.O.P. del 17-01-92. ( D.O. Nº 34.238 del 06-04-92).
- Superficie Predial Mínima : Área no subdivisible
- Coeficiente Máximo de Ocupación de Suelo : No podrá superar el 50% de la superficie total del terreno
- Sistema de Agrupamiento : Aislado
- Altura Máxima de Edificación : 14 m
- Rasante : Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
- Distanciamiento mínimo a medianero : 25 m
- Distanciamiento Mínimo a Línea Oficial : 10 m a calle Pública o Privada.
- Franja de arborización : 10 m costado Oriente y Poniente (Las especies serán determinadas por la Dirección de Aseo y Omato Municipal). Sello rectangular que dice “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”.
ZONA DE RESTRICCIÓN AERÓDROMO Las zonas de protección están definidas en los siguientes instrumentos legales:
- Plano D.G.A.C. PP-91-03
- D.S. Min. Defensa Nº14, publicado en el Diario Oficial del 28/03/92 Las zonas de protección se encuentran graficadas en el Plano RM-PRM-92-1-A (Plan Regulador Metropolitano de Santiago) y en Plano PRLR 01/01, y normada por el Artículo 8.4.1.3 de la Ordenanza del PRMS.
"Área a" de Alto Riesgo: Terreno comprendido bajo la superficie de las trayectorias de aproximación - despegue, se ubica en los primeros 305 metros medidos desde los extremos frontales de la franja de pista. No se permitirán nuevas subdivisiones ni edificaciones. Las construcciones se entenderán congeladas y su uso se regirá por lo dispuesto en los Artículos 60 y 62 del DFL 458 (V y U) de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
"Área b", de Mediano Riesgo, y área "f" de Transición : Área "b" : Terreno comprendido bajo la superficie de trayectoria de aproximación - despegue. Se ubica en los siguientes 800 metros medidos a continuación del término del Area "a".
Área "f" : Terreno adyacente a áreas "a" y "b". Sello circular de tinta con el texto “REPUBLICA DE CHILE”, “SECRETARIO EJECUTIVO” y “Gobierno Regional Metropolitano”. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Gobierno Regional Metropolitano
A. Usos de Suelo: (de acuerdo a lo establecido por Resolución N° 11 de 02/03/98, D.O.15/04/98 del Consejo Regional Metropolitano, que modificó la Resolución N° 20 que aprobó el Plan Regulador Metropolitano de Santiago.)
A.1. Usos de Suelo Permitidos: Vivienda
A.2. Usos de Suelo Prohibidos: Todos lo no indicados como permitidos. Quedan excluidas de estas áreas las actividades asociadas a la concentración masiva y Permanencia prolongada de personas, en las condiciones que lo establece el Artículo 8.4.1.3..de la Ordenanza de PRMS. .
B. Condiciones de Edificación áreas “b” y “f”:
- Superficie Predial Mínima Vivienda : 800 m² Equipamiento : 1500 m²
- Coeficiente Ocupación de Suelo : 0.30
- Coeficiente Constructibilidad : vivienda = 0.40; equipamiento = 0,30
- Densidad Neta Máxima : 62.5 hab/Ha.
- Altura Máxima Edificación : 9 mt = 2 pisos + mansarda
Rasante : Según Plano DGAC PP-91-03 DS. MIN. DEFENSA N°14 D.O. 28.03.92 Área "b" : 40% a partir del extremo frontal de la pista. Área "c" : 20% a cada costado. Se exceptúan de esta norma los terrenos destinados a las instalaciones propias del Aeródromo. Sello circular del Consejo Regional Metropolitano, con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro. REPUBLICA DE CHILE SECRETARIO EJECUTIVO Consejo Regional Metropolitano SUBZONA “R7” RESGUARDO DE ACUEDUCTOS PRMS ART. 8.4.2 Corresponde a las franjas de terreno que colindan con:
- Acueducto Laguna Negra
- Tercer Acueducto La utilización y delimitación de estos terrenos se encuentra sujeto a lo dispuesto en el Código de Aguas aprobado por el DFL Nº1.122, de 1981 del Ministerio de Justicia; además, todas las obras que se ejecuten en ésta zona deberán contar con la aprobación previa del Organismo competente. . En esta zona no se permitirá: Construcciones que puedan dañar la estructura del acueducto, plantar árboles de raíces profundas, ni alterar las obras de Agua Potable existentes. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular del Consejo Regional Metropolitano de la República de Chile, con “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro.
Usos de Suelo Permitidos:
- Equipamiento de Áreas Verdes (sólo árboles frutales u ornamentales aislados que no sobrepasen los 4 m de altura)
- Vialidad
Distancia Mínima a cada Costado del Eje de la Línea Según Tensión. (P.R.M.)
| TENSIÓN (KV.) | FAJA PROTECCIÓN | |
|---|---|---|
| A EJE | ANCHO TOTAL | |
| 66 | 7 m | 14 m |
| 110 | 10 m | 20 m |
| 154 | 15 m | 30 m |
| 220 | 20 m | 40 m |
| 500 | 27 m | 54 m |
• RESGUARDO ANILLO MEDIA PRESION METROGAS Corresponde al ANILLO MEDIA PRESION DE METROGAS, graficado en Plano PRLR 01/01. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Sello circular del Consejo Regional Metropolitano, con “REPUBLICA DE CHILE” alrededor del borde superior y “SECRETARIO EJECUTIVO” en el centro. REPUBLICA DE CHILE Consejo Regional Metropolitano SECRETARIO EJECUTIVO
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