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Ordenanza

Artículo 24

Articulo 24 Usos de Suelo y Normas de Edificación En las Zonas señaladas en el Artículo precedente, se aplicarán las normas de Uso de Suelo, Ocupación, Subdivisión Predial y Edificación que se señalan a continuación: Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de “140 años”. 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile SUBZONA "ZSB4 y ZSB5" PROTECCION CENTRO NUCLEAR DE LA REINA / LAS CONDES ELIMINADA SUBZONA "J-2" CARPAY 2 - AREA DE PROTECCION ECOLOGICA CON DESARROLLO CONTROLADO

(PRMS ARTICULO 8.3.1.2) Esta Zona está delimitada de acuerdo a lo graficado en Plano PRLR-01/01 y comprende el polígono definido por: Límite Norte : Quebrada 0-19 Paidahue entre Cota 900 m.s.n.m. y Cota 1.000 m.s.n.m. Límite Oriente : Cota 1.000 m.s.n.m. entre Quebrada 0-18 Carpay y Quebrada 0-19 Paidahue. Límite Sur : Quebrada 0-18 Carpay entre Cota 900 m.s.n.m. y Cota 1.000 m.s.n.m. Límite Poniente : Cota 900 m.s.n.m. entre Quebrada 0-19 Paidahue y Quebrada 0-18 Carpay.

A. Usos de Suelo Zona J-2

A.1. Usos de Suelo Permitidos:

  • Vivienda : 1 por predio. Además se podrá edificar en el mismo predio, 1 vivienda para cuidador. Equipamiento : Areas Verdes, Deportes y Recreación, Científico y Cultural

A.2. Usos de Suelo Prohibidos: Todos los no indicados como permitidos

B. Normas Específicas:

  • Superficie Predial Mínima : 10 Ha.
  • Porcentaje máx. de Ocupación de Suelo : 0.50 %
  • Coeficiente Máximo de Constructibilidad : 0.01
  • Altura máxima de edificación : 7 mt. o 2 pisos Todo proyecto que se desarrolle en esta área, deberá cumplir con un porcentaje de arborización no inferior a un 25% de la superficie predial, con especies nativas y exóticas, de acuerdo a proyecto autorizado por el Ministerio de Agricultura. Las instalaciones y/o edificaciones, como asimismo las especies arbóreas, no podrán alterar el escurrimiento natural de aguas provenientes de esteros y quebradas. No se permitirán instalaciones o construcciones de ningún tipo en terrenos adyacentes a quebradas, a Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años».
140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile distancias inferiores a 40 mts. a cada lado de los bordes del cauce. Los proyectos que se desarrollen en esta área deben incluir medidas de control y conservación del suelo, para lo cual se exigirá un informe emitido por el Organismo competente.

Artículo 24.1.- Zonas Preferentemente Residenciales Son "Zonas Preferentemente Residenciales", las zonas A, A-1, A-2, D, G, H, y O cuyas áreas figuran graficadas en el Plano PRCLR-01/2010. Los usos de suelo permitidos, restringidos y prohibidos para estas zonas se encuentran detallados en los Cuadros N° 1 y N° 2:

Cuadro N° 1

USOS DE SUELO
ZONAS PREFERENTEMENTE RESIDENCIALES
USOS DE SUELO PERMITIDOS
Tipo de UsoDestino o ActividadRestricciones, condiciones o limitaciones al Uso de Suelo permitido
ResidencialVivienda Hogares de AncianosNo se permiten hogares de acogida, hospedajes, hoteles y moteles.
EquipamientoSocialJuntas de vecinos, centros de madre, clubes sociales y locales comunitarios.
InfraestructuraRedes y trazados según artículo 2.1.29.- de la OGUC.
Espacio Público
Área Verde
USOS DE SUELO PROHIBIDOS
Tipo de Uso
EquipamientoCientífico
Comercio
Culto y Cultura
Deporte
Educación
Esparcimiento
Salud
Seguridad
Servicios
Actividades Productivas
Adicionalmente a los usos de suelo permitidos en el Cuadro N° 1, se reconoce y permite el uso de suelo Equipamiento de la clase Cultura, para el predio donde se ubica el "Centro Cultural Vicente Bianchi Alarcón", localizado en la Zona A, en la intersección de las vías Echeñique y Santa Rita. Adicionalmente a los usos de suelo permitidos en el Cuadro N° 1, se reconoce y permite el uso de suelo Equipamiento de la clase Educación para los establecimientos educacionales ubicados en la Zona A, D y G, con patente al día y recepción final de la Dirección de Obras Municipales anterior al 22 de noviembre de 2001. Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile Adicionalmente a los usos de suelo permitidos en el Cuadro N° 1, solamente en la Zona A-1 y en los predios con edificaciones con destino equipamiento que cuenten con recepción final de la Dirección de Obras Municipales con anterioridad al 22 de noviembre de 2001, se permiten además los siguientes usos que se detallan en el Cuadro N° 2:

Cuadro N° 2

USOS DE SUELO
ZONA A-1 – Complementa Cuadro N° 1
USOS DE SUELO PERMITIDOS
Tipo de UsoDestino o ActividadRestricciones, condiciones o limitaciones al Uso de Suelo permitido
EquipamientoComercioLocales comerciales Restaurantes Fuentes de soda Salones de Té CafeteríasNo se permiten: las estaciones o centros de servicio automotor; los centros comerciales, grandes tiendas, supermercados, mercados y similares; botillerías, moteles.
ServiciosServicios profesionales, públicos o privados (oficinas); centros médicos y odontológicos; notarias, AFP’s, ISAPRE’s, compañías de seguro, correos, centros de pago, bancos, financieras.
Las demás normas urbanísticas aplicables, para cada una de las zonas residenciales señaladas, son las siguientes:

Artículo 24.1.1.- Zona A Su área figura graficada en el Plano PRCLR-01/2010, y las normas urbanísticas se indican en la siguiente Tabla N° 1:

Tabla N° 1

NORMAS URBANÍSTICAS ZONA A
Superficie predial mínima300 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,4
Coeficiente de ocupación de suelo en predios esquina0,5
Coeficiente de Constructibilidad1,0
Altura máxima de edificación9 metros (2 pisos mas mansarda)
Densidad bruta máxima150 hab/ha
Sistema de agrupamientoAislado / Pareado
Distanciamiento mínimo a medianeroArtículo 2.6.3.- OGUC
AdosamientoArtículo 2.6.2.- OGUC Ubicándose 1.5 metros más atrás de la Línea de Edificación
AntejardinEnfrentando calles5 metros
Enfrentando pasajes3 metros
No obstante lo anterior, para el uso de suelo Equipamiento de la clase Cultura en la Zona A, las normas urbanísticas son las siguientes: Logotipo combinado de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile
Coeficiente de ocupación de suelo0,6
Coeficiente de Constructibilidad1,8
Altura máxima de edificación9 metros
Sistema de agrupamientoAislado
Antejardin5 metros

Artículo 24.1.2 Zona A-1 Su área figura graficada en el Plano PRCLR-01/2010 y las normas urbanísticas se indican en la siguiente Tabla N° 2: . Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

PRC MODIFICADO

Normas urbanísticas Zona A-1
Superficie predial mínima500 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,4
Coeficiente de ocupación de suelo en predios esquina0,5
Coeficiente de Constructibilidad2
Altura máxima de edificación14.4 metros (5 pisos)
Densidad bruta máxima400 hab/ha
Sistema de agrupamientoAislado
Distanciamiento mínimo a medianero5 metros
AdosamientoNo se permite
AntejardínEnfrentando calles5 metros
Enfrentando pasajes3 metros
No obstante lo anterior, a los proyectos de ampliación de edificaciones existentes, que no impliquen densificación, no se les exigirán ni le aplicarán los distanciamientos, el sistema de agrupamiento, los adosamientos y antejardines mayores a los ya consolidados, y sólo deberán dar cumplimiento a lo señalado en los artículos 2.6.2 y 2.6.3 de la OGUC. En estos casos, en la zona A-1se podrá aumentar hasta en un 50% la ocupación de suelo. Normas Complementarias: Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile - Si los estacionamientos se desarrollan en subterráneo, se podrá aumentar el coeficiente de ocupación de suelo en 0.1. - A los predios que enfrentan la acera oriente de la calle Güemes entre la Plaza Bombero Soto y la avenida Larraín, y a los predios que enfrenten la acera poniente de la calle Joaquín Godoy entre la Plaza Bombero Soto y la avenida Larraín, no se les exigirán antejardines, y el distanciamiento mínimo a medianero será el indicado en el artículo 2.6.3.- de la OGUC. Adicionalmente, a estos predios se les permitirán adosamientos desde la línea de edificación de acuerdo al artículo 2.6.2.- de la OGUC.

NOTA El numeral 1° del Decreto 1548, M. de la Reina, publicado el 22.08.2015, modifica la presente norma en el sentido de postergar por el plazo de tres meses los los permisos de subdivisión, loteos, urbanización predial y de edificación para el área comunal comprendida por las Zonas A1, B, C1 y C2 del Plan Regulador Comunal vigente de La Reina.

Artículo 24.1.3 Zona A-2 Su área figura graficada en el Plano PRCLR-01/2010, y las normas urbanísticas se indican en la siguiente Tabla N° 3:

NORMAS URBANÍSTICAS ZONA A-2
Superficie predial minima2.500 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,3
Coeficiente de Constructibilidad1,6
Altura máxima de edificación20 metros (7 pisos)
Densidad bruta máxima450 habitantes
Sistema de agrupamientoAislado
Distanciamiento mínimo a medianeroArt. 2.6.3 OGUC
AdosamientoNo se permiten
Antejardin10 metros

Artículo 24.1.4.- Zona D Su área figura graficada en el Plano PRCLR-01/2010, y las normas urbanísticas se indican en la siguiente Tabla N° 4: Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

Tabla N° 4

NORMAS URBANÍSTICAS ZONA D
Superficie predial mínima600 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,3;
Coeficiente de ocupación de suelo en predios esquina y pasajes0,4 predios esquina y 0,35 en esquina entre pasajes
Coeficiente de Constructibilidad0,75
Altura máxima de edificación9 metros (2 pisos mas mansarda)
Densidad bruta máxima75 hab/ha
Sistema de agrupamientoAislado / Pareado
Distanciamiento mínimo a medianeroArtículo 2.6.3.- OGUC
AdosamientoArtículo 2.6.2.- OGUC Ubicándose 1.5 metros más atrás de la Línea de de Edificación
AntejardinEnfrentando calles5 metros
Enfrentando pasajes3 metros

Artículo 24.1.5.- Zona G Su área figura graficada en el Plano PRCLR-01/2010, y las normas urbanísticas se indican en la siguiente Tabla N° 5:

Tabla N° 5

NORMAS URBANÍSTICAS ZONA G
Superficie predial mínima800 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,3
Coeficiente de Constructibilidad0,8
Altura máxima de edificación9 metros (2 pisos mas mansarda)
Densidad bruta máxima60 hab/ha
Sistema de agrupamientoAislado
Distanciamiento mínimo a medianeroArt. 2.6.3 OGUC.
AdosamientoNo se permite ningún tipo de adosamiento
AntejardinEnfrentando calles10 metros
Enfrentando pasajes3 metros
Los proyectos de edificación en terrenos con pendiente promedio superiores al 10% deberán considerar las disposiciones establecidas en el artículo 18 de esta Ordenanza.

Artículo 24.1.6.- Zona H Su área figura graficada en el Plano PRCLR-01/2010 y las normas urbanísticas se indican en la siguiente Tabla N° 6: Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de “140 años”. 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

Tabla N° 6

NORMAS DE EDIFICACION ZONA H
Superficie predial mínima2000 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,18
Coeficiente de Constructibilidad0,45
Altura máxima de edificación9 metros (2 pisos mas mansarda)
Densidad bruta máxima40 hab/ha
Sistema de agrupamientoAislado
Distanciamiento mínimo a medianero5 metros
AdosamientoSegún art. 2.6.2 OGUC
AntejardinEnfrentando calles10 metros
Enfrentando pasajes3 metros
Los proyectos de edificación en terrenos con pendiente promedio superiores al 10% deberán considerar las disposiciones establecidas en el artículo 18 de esta Ordenanza.

Artículo 24.1.7.- Zona O Son los predios del Loteo aprobado por Resolución N° 120 de fecha 20 de septiembre de 1971. Su área figura graficada en el Plano PRCLR -01/2010 y las normas urbanísticas se indican en la siguiente Tabla N° 7:

Tabla N° 7

NORMAS URBANÍSTICAS ZONA O
Superficie predial mínima300 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,4
Coeficiente de Constructibilidad1,0
Altura máxima de edificación9 metros (2 pisos mas mansarda)
Densidad bruta máxima150 hab/ha
Sistema de agrupamientoAislado / Pareado
Distanciamiento mínimo a medianeroArtículo 2.6.3.- OGUC
AdosamientoArtículo 2.6.2.- OGUC Ubicándose 1.5 metros más atrás de la Línea de de Edificación
AntejardinEnfrentando calles5 metros
Enfrentando pasajes3 metros
Los proyectos de edificación en terrenos con pendiente promedio superiores al 10% deberán considerar las disposiciones establecidas en el artículo 18 de esta Ordenanza.

Artículo 24.2.- Zonas Residenciales con Equipamiento Complementario Son "Zonas Residenciales con Equipamiento Complementario", las zonas E y K, cuyas áreas figuran graficadas en el Plano PRCLR 01/2010. Los usos de suelo permitidos, restringidos y prohibidos para estas zonas se encuentran detallados en los Cuadros N° 3 y N° 4. Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

Cuadro N° 3

USOS DE SUELO
ZONAS RESIDENCIALES CON EQUIPAMIENTO COMPLEMENTARIO
USOS DE SUELO PERMITIDOS
Tipo de UsoDestino o ActividadRestricciones, condiciones o limitaciones al Uso de Suelo permitido
ResidencialVivienda Hogares de AncianosNo se permiten hogares de acogida, hospedajes, hoteles y moteles.
EquipamientoComercioLocales comerciales Restaurantes Fuentes de soda Salones de Té CafeteriasNo se permiten: mercados, grandes tiendas, supermercados y centros comerciales; bares, pubs, discotecas, cantinas, quintas de recreo, peñas folclóricas; estaciones o centros de servicio automotor
Culto y CulturaCapillas Centros culturales, museos, bibliotecas
DeporteGimnasios; piscinas; complejos, centros y clubes deportivos; multicanchasNo se permiten estadios
EducaciónEducación básica y básica especial. Educación media, técnica y superior. Centros de capacitación.
SaludPoliclínicos, consultorios y postasNo se permiten cementerios y crematorio
SeguridadUnidades policiales, cuarteles de bomberoNo se permiten cárceles y centros de detención
ServiciosServicios profesionales, públicos o privados (oficinas); centros médicos y odontológicos; notarias, AFP’s, ISAPRE’s, compañías de seguro, correos, centros de pago, bancos, financieras.
SocialJuntas de vecinos, centros de madre, clubes sociales y locales comunitarios.
InfraestructuraRedes y trazados según artículo 2.1.29.- de la OGUC.
Espacio Público
Área Verde
USOS DE SUELO PROHIBIDOS
Tipo de Uso
EquipamientoCientífico
Esparcimiento
Actividades Productivas
Adicionalmente a los usos de suelo permitidos en el Cuadro N° 3, solamente en la Zona K se permiten además los siguientes usos que se detallan en el Cuadro N° 4: Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

Cuadro Nº 4:

USOS DE SUELO ZONA K – Complementa Cuadro Nº 3
USOS DE SUELO PERMITIDOS
Tipo de UsoDestino o ActividadRestricciones, condiciones o limitaciones al Uso de Suelo permitido
InfraestructuraTerminal de Locomoción Colectiva
Las demás normas urbanísticas aplicables para cada una de estas zonas son las siguientes:

Artículo 24.2.1.- Zona E Su área figura graficada en el Plano PRCLR-01/2010, y las normas urbanísticas son las que corresponden a la siguiente Tabla Nº 8:

Tabla Nº 8

NORMAS URBANÍSTICAS ZONA E
Superficie predial mínima100 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,8
Coeficiente de Constructibilidad1,6
Altura máxima de edificación9 metros (2 pisos mas mansarda)
Densidad bruta máxima450 hab/ha
Sistema de agrupamientoAislado / Pareado / Continuo
Distanciamiento mínimo a medianeroArtículo 2.6.3.- OGUC
AdosamientoArtículo 2.6.2.- OGUC
AntejardínEnfrentando calles3 metros
Enfrentando pasajes3 metros
No obstante lo anterior, en el polígono comprendido por las vías Calama, Mamiña, Parinacota y Pasaje 2, las normas urbanísticas son las siguientes:
Coeficiente de ocupación de suelo0,8
Coeficiente de Constructibilidad2,4
Altura máxima de edificación14 metros
Sistema de agrupamientoAislado – pareado - continuo

Artículo 24.2.2.- Zona K Su área figura graficada en el Plano PRCLR-01/2010 y las normas urbanísticas se indican en la siguiente Tabla Nº 9: Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de “140 años”. 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

Tabla N° 9

NORMAS URBANÍSTICAS ZONA K
Superficie predial mínima200 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,4
Coeficiente de ocupación de suelo en predios esquina0,5
Coeficiente de Constructibilidad1,25
Altura máxima de edificación18 metros (6 pisos)
Densidad bruta máxima760 hab/ha
Sistema de agrupamientoAislado / Pareado
Distanciamiento mínimo a medianeroArtículo 2.6.3.- OGUC
Antejardin5 metros
Artículo 24.3.- Zonas Residenciales con Equipamiento Restringido Son "Zonas Residenciales con Equipamiento Restringido", las zonas C, C-4 y C-5 cuyas áreas figuran graficadas en el Plano PRCLR 01/2010. Los usos de suelo permitidos, restringidos y prohibidos para estas zonas se encuentran detallados en los Cuadros N° 5 y N° 6. Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

Cuadro N° 5

USOS DE SUELO
ZONAS RESIDENCIALES CON EQUIPAMIENTO RESTRINGIDO
USOS DE SUELO PERMITIDOS
Tipo de UsoDestino o ActividadRestricciones, condiciones o limitaciones al Uso de Suelo permitido
ResidencialVivienda Hogares de AncianosNo se permiten hogares de acogida, hospedajes, hoteles y moteles.
EquipamientoComercioCentros y locales comerciales; Restaurantes, Fuentes de soda, Salones de Té, Cafeterías, ge laterías, pasteleríasNo se permiten: mercados, grandes tiendas y supermercados; bares, shoperías, pubs, discotecas, cantinas, quintas de recreo, peñas folclóricas; estaciones o centros de servicio automotor
Culto y CulturaCentros culturales, museos, bibliotecas; galerías de arteNo se permiten: medios de comunicación (canales de televisión, radio y prensa escrita); capillas y oratorios; salas de concierto o espectáculos; Cines o teatros; auditorios, centros de convenciones, exposiciones o difusión de toda especie.
DeporteGimnasios; piscinas;No se permiten estadios, centros y clubes deportivos complejos; multicanchas.
EsparcimientoJuegos electrónicos o mecánicosLos juegos electrónicos o mecánicos solo se permiten al interior de centros comerciales cerrados
SeguridadUnidades policiales, cuarteles de bomberoNo se permiten cárceles y centros de detención
ServiciosServicios profesionales, públicos o privados (oficinas); centros médicos y odontológicos; notarias, AFP's, ISAPRE's, compañías de seguro, correos, centros de pago, bancos, financieras.
SocialJuntas de vecinos, centros de madre, clubes sociales y locales comunitarios.
InfraestructuraRedes y trazados según artículo 2.1.29.- de la OGUC.
Espacio Público
Área Verde
USOS DE SUELO
ZONAS RESIDENCIALES CON EQUIPAMIENTO RESTRINGIDO
USOS DE SUELO PROHIBIDOS
Tipo de Uso
EquipamientoCientífico
Educación
Salud
Actividades Productivas
Adicionalmente a los usos de suelo permitidos en el Cuadro N° 5, solamente en la Zona C, se permiten además los siguientes usos que se detallan en el Cuadro N° 6: Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

Cuadro N° 6

USOS DE SUELO
ZONA C – Complementa Cuadro N° 5
USOS DE SUELO PERMITIDOS
Tipo de UsoDestino o ActividadRestricciones, condiciones o limitaciones al Uso de Suelo permitido
EquipamientoComercioGrandes tiendas, supermercados; Estaciones o centros de servicio automotor.
Culto y CulturaMedios de comunicación (canales de televisión, radio y prensa escrita); capillas y oratorios; salas de concierto o espectáculos; Cines o teatros; auditorios, centros de convenciones, exposiciones o difusión de toda especie.
EducaciónEducación media Educación básica
SaludClinicas, policlinicos, consultorios, centros de rehabilitaciónNo se permiten cementerios y crematorios
Las demás normas urbanísticas aplicables para cada una de estas zonas son las siguientes:

Artículo 24.3.1.- Zona C Su área figura graficada en el Plano PRCLR -01/2010 y las normas urbanísticas se indican en las siguientes Tablas N° 10 y N° 10 Bis:

Tabla N° 10

NORMAS URBANÍSTICAS ZONA C
ResidenciaEquipamiento
Superficie predial minima300 m2300 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,40,6
Coeficiente de ocupación de suelo en predios esquina0,50,6
Coeficiente de Constructibilidad1,61,2
Altura máxima de edificación12 metros12 metros
Densidad bruta máxima300 hab/ha---
Sistema de agrupamientoAisladoAislado
Distanciamiento mínimo a medianeroArtículo 2.6.3.- OGUCArtículo 2.6.3.- OGUC
AdosamientoArt. 2.6.2. OGUCArt. 2.6.2. OGUC
Antejardin5 metros5 metros
Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

Tabla N° 10 Bis

NORMAS URBANÍSTICAS ZONA C entre las calles Las Abejas y Las Arañas para predios que enfrenten la avenida Américo Vespucio, acera oriente.
ResidenciaEquipamiento
Superficie predial mínima1000 m2500 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,30,5
Coeficiente de ocupación de suelo en predios esquina0,40,6
Coeficiente de Constructibilidad2,42,4
Altura máxima de edificación24 metros18 metros
Densidad bruta máxima900 hab/ha---
Sistema de agrupamientoAisladoAislado
Distanciamiento mínimo a medianero para predios que colinden con la Zona C8 metros5 metros
Distanciamiento mínimo a medianero para predios que colinden con la Zona A1/2 de la altura total de la edificación, medida desde el nivel de terreno natural, sin perjuicio de dar cumplimiento a los distanciamientos mínimos establecidos en el artículo 2.6.3.- de la OGUC.1/2 de la altura total de la edificación, medida desde el nivel de terreno natural, sin perjuicio de dar cumplimiento a los distanciamientos mínimos establecidos en el artículo 2.6.3.- de la OGUC.
AdosamientoArt. 2.6.2. OGUCArt. 2.6.2. OGUC
Antejardín7 metros5 metros
Normas complementarias a la Zona C: - Si los estacionamientos se desarrollan en subterráneo, se podrá aumentar el coeficiente de ocupación de suelo en 0.1.

Artículo 24.3.2.- Zona C-4 Su área figura graficada en el Plano PRCLR-01/2010 y las normas urbanísticas se indican en la siguiente Tabla N° 11:

Tabla N° 11

NORMAS DE EDIFICACION ZONA C-4
ResidenciaEquipamiento
Superficie predial mínima1000 m21000 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,40,3
Coeficiente de Constructibilidad1,61,2
Altura máxima de edificación12 metros12 metros
Densidad bruta máxima300 hab/ha---
Sistema de agrupamientoAislado - pareadoAislado
Distanciamiento mínimo a medianero5 metros5 metros
AdosamientoArticulo 2.6.2.- OGUCArticulo 2.6.2.- OGUC
Antejardín5 metros5 metros
Normas complementarias a la Zona C-4 - Si los estacionamientos se desarrollan en subterráneo, se podrá aumentar el coeficiente de ocupación de suelo en 0.1. - De acuerdo al Artículo 2.5.8.- de la OGUC, se prohíben estacionamientos, casetas, pérgolas u otras instalaciones similares sobre los Logo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de “140 años”. 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile antejardines.

24.3.3.- Zona C-5 Su área figura graficada en el Plano PRCLR-01/2010 y las normas urbanísticas se indican en la siguiente Tabla N° 12:

Tabla N° 12

NORMAS DE EDIFICACION ZONA C-5
ResidenciaEquipamiento
Superficie predial minima1000 m21000 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,40,4
Coeficiente de Constructibilidad1,61,2
Altura máxima de edificación12 metros12 metros
Densidad bruta máxima200 hab/ha---
Sistema de agrupamientoAislado - pareadoAislado
Distanciamiento mínimo a medianero5 metros5 metros
AdosamientoArtículo 2.6.2.- OGUCArtículo 2.6.2.- OGUC
Antejardín5 metros5 metros
Normas complementarias a la Zona C-5. - Si los estacionamientos se desarrollan en subterráneo, se podrá aumentar el coeficiente de ocupación de suelo en 0.1. - De acuerdo al Artículo 2.5.8.- de la OGUC, se prohíben estacionamientos, casetas, pérgolas u otras instalaciones similares sobre los antejardines.

Artículo 24.4.- Zonas de Equipamiento y Residencial Complementario Son "Zonas de Equipamiento y Residencial Complementario", las zonas B, C-1, C-2, y C-3 cuyas áreas figuran graficadas en el Plano PRCLR -01/2010. Los usos de suelo permitidos, restringidos y prohibidos para estas zonas se encuentran detallados en el Cuadro N° 7. Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

Cuadro N° 7

USOS DE SUELO ZONAS DE EQUIPAMIENTO Y RESIDENCIAL COMPLEMENTARIO
USOS DE SUELO PERMITIDOS
Tipo de UsoDestino o ActividadRestricciones, condiciones o limitaciones al Uso de Suelo permitido
ResidencialVivienda Hogares de AncianosNo se permiten hogares de acogida, hospedajes, hoteles y moteles.
EquipamientoComercioCentros y locales comerciales; Restaurantes, Fuentes de soda, Salones de Té, Cafeterías, ge laterías, pastelerías; estaciones o centros de servicio automotor; mercados, grandes tiendas y supermercadosEn C-1, no se permiten: bares, pubs, discotecas, cantinas y similares
Culto y CulturaMedios de comunicación (canales de televisión, radio y prensa escrita); capillas y oratorios; salas de concierto o espectáculos; Cines o teatros; auditorios, centros de convenciones, exposiciones o difusión de toda especie.
USOS DE SUELO ZONAS DE EQUIPAMIENTO Y RESIDENCIAL COMPLEMENTARIO
USOS DE SUELO PERMITIDOS
Tipo de UsoDestino o ActividadRestricciones, condiciones o limitaciones al Uso de Suelo permitido
DeporteCentros deportivos, gimnasios, piscinas;No se permiten estadios y multicanchas.
EducaciónEducación básica y básica especial; Educación media, técnica y superior. Centros de capacitación.
EsparcimientoJuegos electrónicos o mecánicosLos juegos electrónicos o mecánicos solo se permiten al interior de centros comerciales cerrados. No se permiten parques de entretenciones, parques zoológicos y casinos.
SaludHospitales, clínicas, policlínicos, consultorios, centros de rehabilitaciónNo se permiten cementerios y crematorios
SeguridadUnidades policiales, cuarteles de bomberoNo se permiten cárceles y centros de detención
ServiciosServicios profesionales, públicos o privados (oficinas); centros médicos y odontológicos; notarias, AFP's, ISAPRE's, compañías de seguro, correos, centros de pago, bancos, financieras.
SocialJuntas de vecinos, centros de madre, clubes sociales y locales comunitarios.
InfraestructuraRedes y trazados según artículo 2.1.29.- de la OGUC.
Espacio Público
Área Verde
USOS DE SUELO PROHIBIDOS
Tipo de Uso
EquipamientoCientífico
Actividades Productivas
Las demás normas urbanísticas aplicables para cada una de estas zonas son las siguientes: Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile Artículo 24.4.1.- Zona B Su área figura graficada en el Plano PRCLR -01/2010 y las normas urbanísticas se indican en la siguiente Tabla N° 13: .

PRC MODIFICADO

Normas urbanísticas Zona B
Superficie predial mínima2.500 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,56
Coeficiente de Constructibilidad6
Altura máxima de edificación44,8 metros
Densidad bruta máxima1.200 hab/ha
Sistema de agrupamientoAislado
Distanciamiento mínimo a medianero10 metros
AntejardínResidencia10 metros
Equipamient o5 metros

Normas Complementarias:

  • En edificios de Equipamiento el antejardín se podrá integrar al Espacio Público, y a las soluciones y accesos que se contemplen en los Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano, en su caso. Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de “140 años”.
140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

NOTA 1 El numeral 1° del Decreto 1548, M. de la Reina, publicado el 22.08.2015, modifica la presente norma en el sentido de postergar por el plazo de tres meses los los permisos de subdivisión, loteos, urbanización predial y de edificación para el área comunal comprendida por las Zonas A1, B, C1 y C2 del Plan Regulador Comunal vigente de La Reina.

Artículo 24.4.2.- Zonas C-1, C-2 y C-3 Su área figura graficada en el Plano PRCLR -01/2010 y las normas urbanísticas se indican en la siguiente Tabla N° 14: . Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

PRC MODIFICADO

Normas urbanísticas Zona C1
ResidenciaEquipamiento
Superficie predial mínima500 m21000 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,250,4
Coeficiente de Constructibilidad22
Altura máxima de edificación24 metros (9 pisos)24 metros (9 pisos)
Densidad bruta máxima900 hab/ha---
Sistema de agrupamientoAisladoAislado
Distanciamiento mínimo a medianero10 metros10 metros
AdosamientoArt. 2.6.2 OGUCArt. 2.6.2 OGUC
Antejardín10 metros10 metros
. Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile PRC MODIFICADO

Normas urbanísticas Zona C2

ResidenciaEquipamiento
Superficie predial mínima500 m21000 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,30,4
Coeficiente de Constructibilidad2,42
Altura máxima de edificación24 metros24 metros
Densidad bruta máxima1.000 hab/ha---
Sistema de agrupamientoAisladoAislado
Distanciamiento mínimo a medianero10 metros10 metros
AdosamientoArt. 2.6.2 OGUCArt. 2.6.2 OGUC
Antejardín10 metros10 metros
NORMAS DE EDIFICACION ZONA C-3
ResidenciaEquipamiento
Superficie predial minima300 m2700 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0.350.5
Coeficiente de Constructibilidad33
Altura máxima de edificación30 metros30 metros
Densidad bruta máxima1400 hab/ha---
Sistema de agrupamientoAisladoAislado
Distanciamiento mínimo a medianero10 metros10 metros
AdosamientoArt. 2.6.2. OGUCArt. 2.6.2. OGUC
Antejardin10 metros10 metros
No obstante lo anterior, a los proyectos de ampliación de edificaciones existentes, que no impliquen densificación, no se les exigirán ni le aplicarán los distanciamientos, el sistema de agrupamiento, los adosamientos y antejardines mayores a los ya consolidados, y solo deberán dar cumplimiento a lo señalado en los artículos 2.6.2 y 2.6.3 de la OGUC. En estos casos, en las Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile zonas C-1, C-2 y C-3, se podrá aumentar hasta en un 50% la ocupación de suelo.

Normas Complementarias:

  • Si los estacionamientos se desarrollan en subterráneo, se podrá aumentar el coeficiente de ocupación de suelo en 0.1.

NOTA 2 El numeral 1° del Decreto 1548, M. de la Reina, publicado el 22.08.2015, modifica la presente norma en el sentido de postergar por el plazo de tres meses los los permisos de subdivisión, loteos, urbanización predial y de edificación para el área comunal comprendida por las Zonas A1, B, C1 y C2 del Plan Regulador Comunal vigente de La Reina.

Artículo 24.5.- Zonas Polo de Equipamiento Son "Zonas Polo de Equipamiento", las zonas "PC" Polo Comunal y "PV" Polo Vecinal cuyas áreas figuran graficadas en el Plano PRCLR -01/2010. Los usos de suelo permitidos, restringidos y prohibidos para estas zonas se encuentran detallados en el Cuadro N° 8: Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

Cuadro Nº 8

USOS DE SUELO ZONAS POLOS DE EQUIPAMIENTO
USOS DE SUELO PERMITIDOS
Tipo de UsoDestino o ActividadRestricciones, condiciones o limitaciones al Uso de Suelo permitido
ResidencialVivienda Hogares de AncianosNo se permiten hogares de acogida, hospedajes, hoteles y moteles.
EquipamientoComercioCentros y locales comerciales; Supermercados, Restaurantes, Fuentes de soda, Salones de Té, Cafeterías, ge laterías, pastelerías; estaciones o centros de servicio automotor
Culto y CulturaCentros culturales, museos, bibliotecas; galerías de arte; capillas y oratoriosNo se permiten: medios de comunicación (canales de televisión, radio y prensa escrita); capillas y oratorios; salas de concierto o espectáculos; Cines o teatros; auditorios, centros de convenciones, exposiciones o difusión de toda especie.
DeporteGimnasios; piscinas;No se permiten estadios, centros y clubes deportivos complejos; multicanchas.
EducaciónEducación básica y básica especial. Educación mediaCentros de orientación o de rehabilitación conductual; educación superior, educación técnica, centros de capacitación
EsparcimientoJuegos electrónicos o mecánicosLos juegos electrónicos o mecánicos solo se permiten al interior de centros comerciales cerrados. No se permiten parques de entreteniciones, parques zoológicos y casinos.
SaludHospitales, clínicas, policlínicos, consultorios, centros de rehabilitaciónNo se permiten cementerios y crematorios
SeguridadUnidades policiales, cuarteles de bomberoNo se permiten cárceles y centros de detención
USOS DE SUELO ZONAS POLOS DE EQUIPAMIENTO
USOS DE SUELO PERMITIDOS
Tipo de UsoDestino o ActividadRestricciones, condiciones o limitaciones al Uso de Suelo permitido
ServiciosServicios profesionales, públicos o privados (oficinas); centros médicos y odontológicos; notarias, AFP's, ISAPRE's, compañías de seguro, correos, centros de pago, bancos, financieras.
SocialJuntas de vecinos, centros de madre, clubes sociales y locales comunitarios.
InfraestructuraRedes y trazados según artículo 2.1.29.- de la OGUC.
Espacio Público
Área Verde
USOS DE SUELO PROHIBIDOS
Tipo de Uso
EquipamientoCientífico
Actividades Productivas
Las demás normas urbanísticas aplicables para cada una de estas zonas son las siguientes: Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

24.5.1.- Zonas PC Las Zonas "PC" comprenden las siguientes subzonas:

SubzonaUbicación de Referencia
PC-1Vicente Pérez Rosales – Simón Bolívar
PC-2Plaza Ossandón
PC-3Plaza La Reina
PC-4José Arrieta – Diputada Laura Rodríguez
PC-5Larraín - Municipalidad
PC-6Larraín - Jorge Alessandri
Las demás normas urbanísticas se presentan en las siguientes Tablas N° 15, N° 16, N° 17 y N° 18: Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

Tabla Nº 15

NORMAS URBANISTICAS SUBZONAS PC-1 PC-3 Y PC-6
ResidenciaEquipamiento
Superficie predial minima300 m2300 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,4 en sub-zona PC-1 y PC-6; y 0,3 en subzona PC-30,3
Coeficiente de Constructibilidad1,6 en sub-zona PC-1 y PC-6; y 0,8 en subzona PC-30,6
Altura máxima de edificación12 metros7 metros
Densidad bruta máxima300 hab/ha---
Sistema de agrupamientoAisladoAislado
Distanciamiento mínimo a medianeroArtículo 2.6.3.- OGUCArtículo 2.6.3.- OGUC
AdosamientoArtículo 2.6.2.- OGUC Ubicándose 1.5 metros más atrás de la Línea de Edificación
Antejardín5 metros5 metros

Tabla Nº 16

NORMAS URBANISTICAS SUBZONA PC-2
ResidenciaEquipamiento
Superficie predial minima300 m2800 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,50,5
Coeficiente de Constructibilidad11
Altura máxima de edificación14 metros14 metros
Densidad bruta máxima300 hab/ha---
Sistema de agrupamientoAisladoAislado
Distanciamiento mínimo a medianero5 metrosArtículo 2.6.3.- OGUC
AdosamientoArtículo 2.6.2.- OGUC Ubicándose 1.5 metros mas atrás de la Línea de de Edificación
Antejardín5 metros5 metros

Tabla Nº 17

NORMAS URBANÍSTICAS SUBZONA PC-4
Superficie predial minima2500 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,3
Coeficiente de Constructibilidad1,8
Altura máxima de edificación18 metros (6 pisos)
Densidad bruta máxima300 hab/ha
Sistema de agrupamientoAislado
Distanciamiento mínimo a medianero10 metros
AdosamientoNo se permiten adosamientos
Antejardín5 metros

Tabla Nº 18

NORMAS URBANISTICAS SUBZONA PC-5
ResidenciaEquipamiento
Superficie predial minima2500 m2300 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,40,3
Coeficiente de ConstructibilidadLibre0,6
Altura máxima de edificación15 metros7 metros
Densidad bruta máxima750 hab/ha---
Sistema de agrupamientoAisladoAislado
Distanciamiento mínimo a medianero5 metrosArtículo 2.6.3.- OGUC
AdosamientoArtículo 2.6.2.- OGUC Ubicándose 1.5 metros más atrás de la Línea de de Edificación
Antejardín5 metros5 metros
- Si los estacionamientos se desarrollan en subterráneo, se podrá aumentar el coeficiente de ocupación de suelo en 0.1. Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

Artículo 24.5.2.- Zonas PV Las Zonas PV comprenden las siguientes subzonas:

SubzonaUbicación de Referencia
PV-1Alcalde Alejandro Chadwick – Rutilio Rivas
PV-2Monseñor Edwards – La Cañada
PV-3Monseñor Edwards entre Vista Hermosa y Vía Regina
PV-4Plaza Santiago Bueras (Echeñique / Loreley)
PV-5Vicente Perez Rosales – Simón González
PV-6Simón Bolívar N° 7347 al 7397
PV-7Monseñor Edwards – José Ortega y Gasset
PV-8Valenzuela Llanos entre El Lampalagua y Pasaje Piuchén
PV-9Francisco Bilbao entre Alcalde Manuel de la Lastra y Sumatra
Las demás normas urbanísticas se presentan en la siguiente Tabla N° 19:

Tabla N° 19

NORMAS URBANISTICAS ZONAS PV
Superficie predial minima300 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,4
Coeficiente de Constructibilidad1,0
Altura máxima de edificación9 metros (2 pisos mas mansarda)
Densidad bruta máxima150 hab/ha
Sistema de agrupamientoAislado / Pareado
Distanciamiento mínimo a medianeroArtículo 2.6.3.- OGUC
AdosamientoArtículo 2.6.2.- OGUC Ubicándose 1.5 metros más atrás de la Línea de de Edificación
AntejardinEnfrentando calles5 metros
Enfrentando pasajes3 metros

Artículo 24.6.-Zona F Parque Industrial Corresponde al área N° 13 del art. 6.1.3.4 del PRMS, Zona Industrial Exclusiva Existente con Actividades Molestas, cuya área figura graficada en el Plano PRCLR-01/2010, y cuyos usos de suelo y condiciones se establecen en dicho artículo . Las demás normas urbanísticas aplicables para esta zona se presentan en la siguiente Tabla N° 20: Logo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

Tabla N° 20

NORMAS URBANISTICAS ZONA F
Actividades Productivas MolestasEquipamiento y Actividades Productivas inofensivas, incluidos depósitos, talleres o bodegas industriales.Infraestructura
Superficie predial mínima1500 m2500 m21500 m2
Coeficiente de ocupación de suelo0,70,80,7
Coeficiente de Constructibilidad2,02,02,0
Altura máxima de edificación14 metros14 metros14 metros
Sistema de agrupamientoAisladoAislado - PareadoAislado
Distanciamiento mínimo a medianero5 metrosArtículo 2.6.3.- OGUCArtículo 2.6.3.- OGUC
AntejardinEnfrentando calles5 metros3 metros5 metros
Enfrentando Jorge Alessandri10 metros10 metros10 metros
La superficie predial mínima se entiende solamente para nuevas subdivisiones, a partir de la publicación de la presente modificación en el Diario Oficial, por lo que los proyectos y los cambios de destino que se ubiquen en predios de superficie predial menor a la indicada en este artículo, serán aprobados siempre que cumplan con las demás normas urbanísticas, a excepción del sistema de agrupamiento. En estos casos se permitirán adosamientos de acuerdo al artículo 2.6.2.- de la OGUC.

Artículo 24.7 Inmuebles de Conservación Histórica (ICH) De acuerdo a lo prescrito por el Artículo 60, inciso segundo, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y por el Artículo 2.7.8 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, los permisos para la rehabilitación, reconstrucción, demolición o modificación de cualquier índole de los Inmuebles de Conservación Histórica, sólo podrán ser otorgados por la Dirección de Obras Municipales con la autorización previa de la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana, salvo el caso del N° 5 del artículo 5.1.4 de la OGUC. Los Inmuebles de Conservación Histórica reconocidos en la Comuna se encuentran graficados en el Plano PRCLR-03/2010 y son los siguientes edificios, con su correspondiente dirección: Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de “140 años”. 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

Inmuebles de Conservación Histórica ICH
NºIDENTIFICACIONDIRECCION
CalleNº
1Comunidad Quinta JesusJesús675
2Comunidad Quinta Mi ChitaSimón Bolívar5870
3Cruz Roja Chilena (Casa Maroto)Avenida Ossa123
4Monasterio San Rafael (Carmelitas)Vicente Pérez Rosales1101
5Colegio de La SalleAvenida Ossa1349
6Casona del Cabildo (Casa Nemesio Antúnez)Avenida Larraín8602
7Colegio San Leonardo MurialdoNicanor Plaza235
8Villa PaidahueÁlvaro Casanova289
9Casa Michoacán (Casa La Hormiguita)Lynch Norte164
10Casa Poeta Nicanor ParraJulia Bernstein272-D
11Capilla Hogar de Ancianos Nª Sra. de LoretoAv. José Arrieta8220
12Academia de GuerraAv. Valenzuela Llanos623

Normas Urbanísticas: El uso de suelo corresponderá al de la zona en la que se inscriben. La constructibilidad, ocupación de suelo, altura, antejardín, adosamientos y sistema de agrupación corresponderán a los resultantes de las características y/o condiciones propias de cada uno de los edificios declarados de conservación histórica, salvo las reglas especiales que se señalan a continuación: a) Casa Maroto (ex Cruz Roja Chilena): Se permitirán ensamblajes, uniones o adosamientos en las fachadas oriente y sur, que la conecte con otros edificios, manteniendo una lectura unitaria del volumen, ocupando materiales que no pongan en riesgo la unidad volumétrica. b) Colegio de La Salle: Se permitirá intervenir con readecuaciones a modo de división de recintos o instalaciones flexibles interiores. Asimismo, se permitirán ensamblajes o adosamientos en las fachadas oriente, sur y norte que la conecte con otros edificios, manteniendo una lectura unitaria del volumen ocupando materiales que no pongan en riesgo la unidad volumétrica.

Artículo 24.8.- Equipamiento Metropolitano Su área figura graficada en el Plano PRCLR-01/2010, y se compone de las siguientes subzonas: Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

SubzonasIDENTIFICACIONDIRECCION
CalleN°
L-1Ejercito de Chile Campo Militar La Reina del General René Schneider - Academia de Guerra - Academia Politécnica Militar - Escuela de los Servicios y Educación Física del EjercitoValenzuela Llanos623
L-2Hospital Militar de SantiagoAvenida Larraín9100

Artículo 24.9.- Zonas Especiales de Equipamiento Se definen en esta condición los predios destinados a uso de Equipamiento y que cuentan con una superficie igual o mayor a 1 hectárea, los cuales se grafican en el Plano PRCLR-01/2010. Solo se permite Uso de Suelo de Equipamiento Deportivo, Educación, Cultural y de Áreas Verdes. Las demás normas urbanísticas se señalan en la siguiente Tabla N° 21:

Tabla N° 21

NORMAS ESPECIFICAS DE EDIFICACION ZEE
Coeficiente de ocupación de suelo0,4
Coeficiente de Constructibilidad2
Altura máxima de edificación9 metros o la existente conforme a recepción municipal de obras previa a la presente modificación

Artículo 24.10.- ZONA "I" REINA ANDINA Esta zona está delimitada de acuerdo a lo graficado en Plano LR-01/ 01 y comprende los siguientes polígonos: Límite Norte : Límite comunal Norte entre Canal El Bollo y cota 900 m.s.n.m. Límite Oriente : Cota 900 m.s.n.m, desde límite comunal hasta fondo quebrada 0-19 Paidahue. Límite Sur : Punto 5 límite comunal, (intersección Quebrada 0-19 Paidahue con Cota 900 m.s.n.m.) y su unión en línea recta con Canal El Bollo. Límite Poniente: Canal El Bollo entre límite sur recién indicado y límite comunal norte. Límite Norte : Quebrada 0-18 Carpay, entre Canal El Bollo y cota 900 m.s.n.m. Límite Oriente : Cota 900 m.s.n.m., entre quebrada 0-18 Carpay y límite Parque Municipal Límite Sur : Límite Parque Municipal entre cota 900 m.s.n.m. y Canal El Bollo Límite Poniente: Canal El Bollo entre límite Parque Municipal y Quebrada 0-18 Carpay.

A.- Usos de Suelo Zona I Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

A.1. Usos de Suelo Permitidos Vivienda

Equipamiento EDUCACION : Jardines Infantiles y Parvularios. SALUD : Casas de Salud y Reposo, y Hogares de Ancianos. AREAS VERDES: Plazas y Jardines.

A.2. Usos de Suelo Prohibidos Se prohíben todos los usos de Equipamiento Regional, los de Equipamiento Comunal, y los Usos de Equipamiento Vecinal no indicados como permitidos.

B. Normas Específicas Zona I VER DIARIO OFICIAL DE 22.11.2001; PAGINA 12.

Artículo 24.11.- ZONA "J-1" CARPAY 1 Esta Zona está delimitada de acuerdo a lo graficado en Plano PRLR-01/01 y comprende el polígono definido por: Límite Norte : Punto 5 límite comunal (intersección Quebrada 0-19 Paidahue con Cota 900 m.s.n.m.) y su unión en línea recta con Canal El Bollo. Límite Oriente : Cota 900 m.s.n.m., entre Punto 5 límite comunal (intersección Quebrada 0-19 Paidahue con cota 900 m.s.n.m.), y Punto 8 límite comunal (intersección Quebrada 0-18 Carpay con cota 900 m.s.n.m.). Límite Sur : Punto 8 límite comunal, (intersección Quebrada 0-18 Carpay con Cota 900 m.s.n.m.) y su unión en línea recta con Canal El Bollo. Límite Poniente : Canal El Bollo entre límites norte y sur antes indicados.

A.- Usos de Suelo Zona J-1

A.1. Usos de Suelo Permitidos Vivienda

Equipamiento EDUCACION : Jardines Infantiles y Parvularios. SALUD : Casas de Salud y Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de “140 años”. 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile Reposo, y Hogares de Ancianos. AREAS VERDES : Plazas y Jardines.

A.2. Usos de Suelo Prohibidos Se prohíben todos los usos de Equipamiento Regional, los de Equipamiento Comunal, y los Usos de Equipamiento Vecinal no indicados como permitidos.

B. Normas Específicas Zona J-1 VER DIARIO OFICIAL DE 22.11.2001, PAGINA 13

Artículo 24.12.- ZONA "M" AREAS VERDES Y RECREACION (PRMS Art.5.2)

SUBZONA M1 PARQUE INTERCOMUNAL ORIENTE Está definido por los siguientes límites: Norte : Avda. Francisco Bilbao entre Calle Florencio Barros y Avda. Padre Hurtado. Sur : Calle Valenzuela Puelma entre Prolongación Av. Vicente Pérez Rosales Avda. Las Perdices. Oriente : Avda. Padre Hurtado entre Avda. Francisco Bilbao y Calle Valenzuela Puelma. Poniente : Prolongación Av. Vicente Pérez Rosales entre Avda. Francisco Bilbao y Calle Valenzuela Puelma.

SUBZONA M2 PARQUE MUNICIPAL Está definido por los siguientes límites: Norte : Prolongación Avda. Larraín Sur : Prolongación calle Talinay y límite Comunal Oriente : Límite Comunal Poniente : Parcelas N° 366, 367, 368, 369, 370, 371, 372 y 373.

A. Usos de Suelo Zonas M1 y M2

A.1. Usos de Suelo Permitidos: Equipamientos de Escala Regional, Comunal y Vecinal de: Áreas Verdes - Recreacional - Deportivo Culto - Cultura - Científico Esparcimiento y Turismo al aire libre La porción del Parque Municipal que se Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile emplaza sobre la cota 900 m.s.n.m. será normada por disposiciones que establece el PRMS para el Área de Preservación Ecológica en el Art. 8.3.1.1 de su Ordenanza, como asimismo, para el área de Remoción en Masa, Art. 8.2.1.4.

A.2. Usos de Suelo Prohibidos: Todos los no indicados como permitidos.

B. Normas Específicas Zonas M1 y M2.

  • Coeficiente de Ocupación de Suelo : 0,05
  • Coeficiente de Constructibilidad : 0.05
  • Sistema de Agrupamiento : Aislado
  • Altura Máxima de Edificación : 14 m
  • Adosamiento : No se permiten.
  • Distanciamiento mínimo a Línea Oficial : 10 m con excepción de instalaciones de acceso, boletería, control y portería.

SUBZONA M3 AVENIDAS PARQUE (PRMS Art. 5.2.3.4) Son áreas verdes de uso público, adyacentes a Sistemas Viales Metropolitanos y/o fajas de protección de cauces de agua, cuya función es vincular los principales elementos del Sistema Metropolitano de Áreas Verdes y Recreación y aportar Areas de Esparcimiento y Recreación. En aquellas que tengan relación con protección de cauces de agua, se deberá dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el PRMS, Título 8°, Art. 8.2.1.1., letra a. De Inundación. Se establecen los siguientes:

  1. Parques adyacentes a cauces: Las dimensiones que se definen incluyen el cauce la vialidad y el parque.
  • Parque Tobalaba (Perfil Av. Tobalaba: 80 m)
  • Parque Canal Las Perdices (Perfil Av. Las Perdices: variable 33 - 50 m)
    • Parque Canal El Bollo (Perfil 15m) ( 7,5 m. desde el eje de canal a cada lado)
  1. Parques adyacentes a sistemas viales: Las dimensiones que se mencionan incluyen vialidad y parque.

Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de “140 años”. 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile

  • Parque Av. Paseo Pie Andino (Perfil 60/80 m)

Usos de suelo Permitidos: Instalaciones mínimas complementarias a su función, como actividades recreativas y de esparcimiento al aire libre.

SUBZONA M4 AREAS VERDES DE NIVEL COMUNAL Son las indicadas en Planos PRLR-01/01, con la simbología correspondiente:

A. Usos de Suelo Zona M4

A.1. Usos de Suelo Permitidos: Plazas : En esta Zona se permitirán las construcciones complementarias a su uso específico (kioscos, fuentes, pérgolas, juegos infantiles, etc.), como también se podrá localizar equipamiento cultural y deportivo.

A.2. Usos de Suelo Prohibidos: Se prohíben todos los no indicados como permitidos.

B. Normas Específicas Zona M4 Las condiciones de edificación para estas construcciones complementarias serán determinadas en los proyectos específicos, los cuales serán aprobados por la Dirección de Obras Municipales. Coeficiente Máximo de Ocupación de suelo : 0.01 Coeficiente Máximo de Constructibilidad : 0.01 En esta zona no se permitirán subdivisiones prediales. ZONA M4 - EMOS: Se permite desafectar el 20% como área verde, para destinarla a otro uso.

SUBZONA M5 AREAS VERDES COMPLEMENTARIAS (PRMS Art.5.2.4.)

EQUIPAMIENTO RECREACIONAL Y DEPORTIVO CLUB DE CAMPO PRINCIPE DE GALES Y ESTADIO BANCO CENTRAL.

A. Usos de Suelo Zona M5

A.1. Usos de Suelo Permitidos: Sólo se permitirán construcciones complementarias Logo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile a su uso específico que incluye el Equipamiento a Escala Comunal de: Cultura, Áreas Verdes y Deportes. Se podrá completar el coeficiente de ocupación de suelo permitido con uso habitacional, no sobrepasando éste el 20% de la superficie total del terreno.

A.2. Usos de Suelo Prohibidos: Todos los no indicados como permitidos.

B. Normas Específicas Zona M5. Las normas para cada proyecto específico, deberán observar las disposiciones contenidas en la OGUC y el PRMS. Coeficiente de ocupación de suelo: 20% de la superficie total del terreno destinada a sus fines propios y 20% de la superficie total del terreno para otros usos, de acuerdo al PRMS. En esta zona no se permitirán nuevas Subdivisiones Prediales. Cualquier modificación a los usos de suelo requerirá de un Plan Seccional. Con relación al resto de Normas Específicas se asimilará a lo establecido para la Zona A. Rasante: de acuerdo al Artículo 15 de esta Ordenanza.

Artículo 24.13.- ZONA "R" AREA RESTRINGIDA O EXCLUIDA AL DESARROLLO URBANO (PRMS TITULO 8°)

SUBZONA "R-1" AMAGADAS POR INUNDACION Están constituidas por los terrenos consolidados, con edificaciones adyacentes a puntos de desbordes de cauces permanentes, con peligro de inundación como es la Quebrada de Ramón, de acuerdo a lo graficado en Plano PRLR 01/01. El área emplazada al poniente del Canal Las Perdices, en el segmento conformado por los puntos indicados en el cuadro que se detalla en la página siguiente, está afecta a ser "Amagada por Inundación" y por material que pueda transportar la Quebrada de Ramón.

Normas Específicas de Edificación: Altura sobrecimiento cierro : 0.50 m Nivel de piso terminado 1° piso : 0.50 m sobre la cota de solera de la acera adyacente La construcción de subterráneos en esta subzona, destinados exclusivamente para estacionamientos y/o bodegas, sólo se autorizará fundamentada en estudios específicos que consulten obras (como sistemas de Logo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile absorción de aguas lluvias en el último nivel de subterráneo), que garanticen la no inundación de los recintos. VERTICES DEL AREA DE RIESGO AMAGADA POR INUNDACION VER DIARIO OFICIAL DE 22.11.2001, PAGINA 15

SUBZONA "R2" QUEBRADAS Están conformadas por los terrenos correspondientes al cauce y fajas adyacentes de las quebradas, delimitadas por líneas paralelas a cada uno de sus bordes, según lo indican el Plano PRLR 01 / 01, y el siguiente cuadro: VER DIARIO OFICIAL DE 22.11.2001, PAGINA 15 El ancho mínimo para cada una de las quebradas antes indicadas, se calculará a partir de los bordes de acuerdo al siguiente diagrama y no podrán disminuirse en los proyectos de urbanización. VER DIARIO OFICIAL DE 22.11.2001, PAGINA 16 En esta zona sólo se permitirán las instalaciones mínimas complementarias a las actividades al aire libre que no impliquen concentración masiva o permanencia prolongada de personas. Todo proyecto de urbanización y construcción deberá contar con la aprobación o informe favorable, según corresponda, del Departamento de Obras Fluviales del M.O.P. y de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo. La recepción Municipal de las obras derivadas de los proyectos antes señalados, sólo se efectuará previa conformidad del Departamento de Obras Fluviales del M.O.P. Cuando exista modificación de los cauces mismos, o construcción, o alteración de obras, como abovedamientos, pasos bajo o sobre nivel, u otros, conforme lo señala el Art.41 del Código de Aguas, la aprobación de los proyectos corresponderá a la Dirección General de Aguas (D.G.A.), tal como lo señala el Art. 171 del mismo Código.

SUBZONA "R3" CAUCES ARTIFICIALES Son aquellos indicados en Planos PRLR 01 / 01 como Subzona R3 , y corresponden a: CANAL DE RAMON CANAL LAS PERDICES CANAL EL BOLLO CANAL SAN CARLOS Los proyectos de canalización de aguas a tajo abierto o entubados, deberán consultar fajas de protección a ambos costados del borde del cauce. La Logo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema de «140 años». 140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile faja de protección no será construible y tendrá un mínimo de 3.00 metros desde el borde del cauce hasta el eje medianero, o la distancia equivalente a un medio del ancho del cauce cuando éste exceda de 6.00 metros. Todo predio colindante a un canal deberá respetar una faja de mínimo 3.00 metros de ancho desde el eje medianero hacia el interior, sin construir. Los cierros de los predios que enfrentan las fajas de protección, deberán ejecutarse en albañilería reforzada dispuesta de soga o muros de hormigón. Los canales El Bollo, Las Perdices y San Carlos serán considerados Vías Parques, consultándose en cada uno de ellos una faja de protección de cauces de aguas en toda su extensión. En ellas sólo se permitirán las instalaciones mínimas complementarias a su función como actividades recreativas y de esparcimiento al aire libre. Cuando exista modificación de los cauces mismos, o construcción, o alteración de obras, como abovedamientos, pasos bajo o sobre nivel, u otros, conforme lo señala el Art.41 del Código de Aguas, la aprobación de los proyectos corresponderá a la Dirección General de Aguas (D.G.A.), tal como lo señala el Art. 171 del mismo Código. SUBZONA "R4" RIESGO GEOFISICO ASOCIADO A REMOCION EN MASA ELIMINADA SUBZONA "R5" AREA DE PRESERVACION ECOLOGICA (PRMS ARTICULO 8.3.1.1) ELIMINADA SUBZONA "R6" AREA DE RESGUARDO AERODROMO EULOGIO SANCHEZ ERRAZURIZ (PRMS ARTICULO 8.4.1.3 ) La declaración de esta zona y la delimitación del espacio aéreo deberá ajustarse a lo establecido en el "Código de Aeronáutica", aprobado por Ley N° 18.916, de 1990, del Ministerio de Justicia, D.O. del 08/02/90, y por lo dispuesto en Decreto N°14 del Ministerio de Defensa Nacional, D.O. 28/03/92.- A. Usos de Suelo en Recinto Aeródromo.

  • A.1. Usos de Suelo Permitidos Sólo se permitirá Aeródromo y Equipamiento complementario a las actividades del Aeródromo.
  • A.2. Usos de Suelo Prohibidos. Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años».
140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile Todos los no indicados como permitidos

B. Normas Específicas: Las instalaciones y edificaciones que se desarrollen en el predio del Aeródromo se rigen por las disposiciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Dirección de Aeropuertos del M.O.P. y conforme a lo establecido en el "Reglamento para el Contrato de Obras Públicas", D.S. N° 15 M.O.P. del 17-01-92. ( D.O. N° 34.238 del 06-04-92).

  • Superficie Predial Mínima : Área no subdivisible
  • Coeficiente Máximo de Ocupación de Suelo : No podrá superar el 50% de la superficie total del terreno
  • Sistema de Agrupamiento : Aislado
  • Altura Máxima de Edificación : 14 m
  • Rasante : OGUC
  • Distanciamiento mínimo a medianero : 25 m
  • Distanciamiento Mínimo a Línea Oficial : 10 m a calle Pública o Privada.
  • Franja de arborización : 10 m costado Oriente y Poniente (Las especies serán determinadas por la Dirección de Aseo y Ornato Municipal). Se incorpora como Norma Específica de esta Zona, la Normativa del Manual de Aeródromos Civiles que aplica la Dirección de Aeropuertos del Ministerio de Obras Públicas. Las normas aquí propuestas podrán ser más restrictivas cuando la autoridad aeronáutica así lo determine, y en este caso primará la norma más restrictiva.

ZONA DE RESTRICCION AERODROMO Las zonas de protección están definidas en los siguientes instrumentos legales:

  • Plano D.G.A.C. PP-91-03
  • D.S. Min. Defensa N°14, publicado en el Diario Oficial del 28/03/92 Las zonas de protección se encuentran graficadas en el Plano RM-PRM-92-1-A (PRMS) y en Plano PRLR 01/01, y normada por el Artículo 8.4.1.3 de la Ordenanza del PRMS. "Area a" de Alto Riesgo: Terreno comprendido bajo la superficie de las Logo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con un emblema «140 años».
140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile trayectorias de aproximación - despegue, se ubica en los primeros 305 metros medidos desde los extremos frontales de la franja de pista. No se permitirán nuevas subdivisiones ni edificaciones. Las construcciones se entenderán congeladas y su uso se regirá por lo dispuesto en los Artículos 60 y 62 del DFL 458 (V y U) de 1976, LGUC. "Area b", de Mediano Riesgo, y área "f" de Transición:

Area "b": Terreno comprendido bajo la superficie de trayectoria de aproximación - despegue. Se ubica en los siguientes 800 metros medidos a continuación del término del Area "a".

Area "f": Terreno adyacente a áreas "a" y "b".

A. Usos de Suelo: (De acuerdo a lo establecido por Resolución N° 11 de 02/03/98, D.O.15/04/98 del Consejo Regional Metropolitano, que modificó la Resolución N° 20 que aprobó el PRMS.)

A.1. Usos de Suelo Permitidos: Vivienda

A.2. Usos de Suelo Prohibidos: Todos lo no indicados como permitidos. Quedan excluidas de estas áreas las actividades asociadas a la concentración masiva y Permanencia prolongada de personas, en las condiciones que lo establece el Artículo 8.4.1.3..de la Ordenanza de PRMS.

B. Condiciones de Edificación áreas "b" y "f":

  • Superficie Predial Mínima Vivienda : 800 m² Equipamiento : 1500 m²
  • Coeficiente Ocupación de Suelo : 0.30
  • Coeficiente Constructibilidad : vivienda = 0.40; equipamiento = 0,30
  • Densidad Neta Máxima : 62.5 hab/Ha.
  • Altura Máxima Edificación : 9 mt = 2 pisos + mansarda Rasante : Según Plano DGAC PP- 91-03 DS. Min. Defensa N°14 D.O. 28.03.92 Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de “140 años”.
140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile Area "b" : 40% a partir del extremo frontal de la pista. Area "c" : 20% a cada costado. Se exceptúan de esta norma los terrenos destinados a las instalaciones propias del Aeródromo.

SUBZONA "R7" RESGUARDO DE ACUEDUCTOS PRMS ART. 8.4.2 Corresponde a las franjas de terreno que colindan con:

  • Acueducto Laguna Negra
  • Tercer Acueducto La utilización y delimitación de estos terrenos se encuentra sujeto a lo dispuesto en el Código de Aguas aprobado por el DFL N°1.122, de 1981 del Ministerio de Justicia; además, todas las obras que se ejecuten en esta zona deberán contar con la aprobación previa del Organismo competente. . En esta zona no se permitirá: Construcciones que puedan dañar la estructura del acueducto, plantar árboles de raíces profundas, ni alterar las obras de Agua Potable existentes.

SUBZONA "R8" RESGUARDO DE LINEAS DE TRANSMISION DE ENERGIA ELECTRICA PRMS ARTICULO 8.4.3 Son las fajas de terreno destinadas a proteger los tendidos de las redes eléctricas de Alta Tensión, y sus condiciones y restricciones están contenidas en los Art. 108 y 111 del Reglamento S.E.C.

Usos de Suelo Permitidos:

  • Equipamiento de Areas Verdes (sólo árboles frutales u ornamentales aislados que no sobrepasen los 4 m de altura)
  • Vialidad Distancia Mínima a cada Costado del Eje de la Línea Según Tensión. (P.R.M.) VER DIARIO OFICIAL DE 22.11.2001, PAGINA 17

SUBZONA "R9" RESGUARDO DE GASODUCTO PRMS ARTICULO 8.4.3

  • RESGUARDO ANILLO MEDIA PRESION METROGAS Corresponde al ANILLO MEDIA PRESION DE METROGAS, Logotipo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN y Ley Chile, con una marca de aniversario de «140 años».
140 años Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN Ley Chile graficado en Plano PRLR 01/01.

Texto transcrito del documento oficial. Ver el documento oficial (PDF).

Ordenanza publicada por la La Reina · Región de Metropolitana de Santiago

Urbium publica y facilita la consulta de este instrumento de planificación, pero el documento oficial y vinculante es el decretado y publicado por la municipalidad en el Diario Oficial. Ante cualquier discrepancia, prima el instrumento oficial.