Ordenanza
Artículo 21
ARTICULO 21. Las Avenidas, calles, pasajes, y en general todas las vías públicas del Plan Regulador Comunal de Curacaví, son las actualmente existentes, manteniendo sus anchos entre líneas oficiales, salvo aquellos casos que expresamente se dispongan ensanches o aperturas de nuevas vías.
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