TÍTULO 3
Normas generales técnico urbanísticas
Artículo 3.1 De la Subdivisión y Fusión de los Predios y Urbanización
Para los efectos de aplicación de las normas de edificación, los predios existentes de menor superficie que las indicadas para las zonas respectivas, podrán ser edificados si cumplen con las demás condiciones que establece la presente Ordenanza para cada Zona definida en el Plan.
Artículo 3.2 Cesiones
En los nuevos loteos habitacionales, las cesiones de áreas verdes públicas deberán tener una proporción mínima en la cual el frente sea igual o mayor al fondo medio, respecto a la vía de mayor jerarquía que enfrenta. Así mismo, los proyectos de loteo que concentren las áreas verdes en espacios mayores a 1.500 metros cuadrados, podrán incrementar el coeficiente de constructibilidad hasta un 20%.
Artículo 3.3 Cierros
Los sitios eriazos dentro del Área urbana deben tener cierre perimetral hacia el espacio público de carácter definitivo de una altura mínima de 2,00 m y con un porcentaje máximo de opacidad hasta 50%.
Artículo 3.4 Patrimonio
Para los Monumentos Históricos, se aplicarán las normas de protección establecidas en la Ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales.
Los Monumentos Históricos legalmente protegidos, así como los inmuebles declarados de Conservación Histórica por el presente Plan, son los que se encuentran identificados en el Plano PRCC-01C de Coronel y se indican a continuación:
Monumentos Históricos
| COD | Identificación | Ubicación |
|---|
| MH1 | Monumento Histórico Parque Hito a Galvarino | Avenida Galvarino, Escuadrón. |
| MH2 | Monumento Histórico Cabrias del Pique Arenas Blancas | Camino a Schwager, Maule. |
| ZT | Monumento Histórico Zona Típica | Puchoco-Schwager, Puchoco. |
Inmuebles de Conservación Histórica
| COD | Identificación | Ubicación | Condiciones
para su
refacción |
|---|
| 1 | Estación Escuadrón | Ruta 160, sector Escuadrón | 2 |
| 2 | Casa de Huéspedes | Cerro Sector Maule | 2 |
| 3 | Club Maule | Costanera 76 Maule | 1 |
| 4 | Administración Mina | Av. Costanera camino el Golf, Maule. | 2 |
| 5 | Molino Koster | Manuel Montt 1099 | 2 |
| 6 | Colectivos Obreros | Puchoco | 1 |
| 7 | Gimnasio Schwager | Puchoco | 1 |
| 8 | Iglesia Schwager | Plaza Schwager | 1 |
| 9 | Casa Mohor | Centro de Coronel. | 2 |
| 10 | Casa de la Cultura, Ex Cine de Coronel | Manuel Montt, Centro de Coronel | 2 |
| 11 | Cristo Camino Olavarría | Población Camino Olavarría. | 2 |
| 12 | Piques de Buen Retiro | Buen Retiro | 1 |
| 13 | Chiflón 4 | Playa Maule | 1 |
| 14 | Pique Santa María | Playa Maule | 1 |
Icono de flecha verde apuntando hacia la izquierda.
Icono de flecha verde apuntando hacia la derecha.
| COD | Identificación | Ubicación | Condiciones
para su
refacción |
|---|
| 15 | Santa del Boldo | Camino a Schwager | 2 |
| 16 | Virgen Cerro La Virgen | Cerro La Virgen | 1 |
| 17 | Mural de Roser Bru | Cochrane entre Los Carrera y Manuel Montt | 1 |
| 18 | Monumento a Lautaro | Plazoleta, Lautaro al llegar a By Pass | 1 |
| 19 | Santa de la Piedra | Oriente de By Pass, fundo Manco. | 2 |
| 20 | Hito Geográfico mitad de Chile | Playa Blanca | 2 |
| 21 | Túnel del Pillo. Muros puente aéreo túnel
del Pillo | Cerro Yobilo Centro de Coronel. | 1 |
| 22 | Muros de San Luis | Manuel Montt, Cerro San Luis | 1 |
| 23 | Muros de Lo Rojas | P. Aguirre Cerda con C. Prat | 1 |
| 24 | Muro de La Colonia | La Colonia | 1 |
| 25 | Chiflones de Puchoco | Puchoco | 1 |
| 26 | Plaza 21 de Mayo | Plaza 21 de Mayo, Centro de Coronel. | 2 |
- 1: En estos inmuebles sólo se permitirá la ejecución de obras de restauración, de manera que no se modifiquen las características morfológicas del inmueble.
- 2: Su intervención podrá ser con mayor amplitud a través de modificaciones, ampliaciones y/o demoliciones parciales de sus características morfológicas, siempre que tales cambios no alteren negativamente sus valores y atributos patrimoniales.
Artículo 3.5 Áreas Verdes y Espacios Públicos
Los usos de suelo de Área Verde y Espacio Público se entenderán siempre permitidos en todas las zonas del presente Plan Regulador, por lo que no es necesario mencionarlos en cada una de ellas. En estas áreas se permitirán edificaciones con destinos complementarios al área verde.
Artículo 3.6 Infraestructura
No serán aplicables dentro del territorio normado por el presente Plan Regulador las disposiciones contenidas en el inciso tercero del artículo 2.1.28 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, referidas al emplazamiento de las instalaciones o edificaciones destinadas a infraestructura cuando el instrumento de planificación territorial permite la actividad de industria.
Artículo 3.7 Áreas de Riesgos
Las obras de urbanización y construcción que se emplacen en las zonas y/o áreas de riesgo identificadas en el Plano, deberán cumplir con lo que establece el artículo 2.1.17 de la OGUC. Sin el estudio no se podrá autorizar loteos, urbanizaciones o construcciones. Cumplida esta condición, las normas urbanísticas serán las establecidas para la zona respectiva.
Las Áreas de Riesgo son las siguientes: Área Potencialmente Inundable por Anegamiento, Área Potencialmente Inundable por Alta Susceptibilidad de Tsunami, Área Potencialmente Inundable con Moderada Susceptibilidad de Tsunami, y Área Propensa a Avalanchas, Rodados y Aluviones.